Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 5

Fecha del Boletín 
07-01-2026

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260107-91

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE POZUELO DE ALARCÓN

URBANISMO

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Pozuelo de Alarcón. Urbanismo. Estatutos entidad conservación

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 162 del Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Gestión Urbanística para el desarrollo y aplicación de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, se pone en general conocimiento que por acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de 10 diciembre de 2025, se ha acordado la aprobación definitiva de los Estatutos de la Entidad Urbanística Colaboradora de Conservación de la Urbanización Residencial “Montealina”, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Primero.—Aprobar definitivamente los Estatutos de la Entidad Urbanística Colaboradora de Conservación de la Urbanización Residencial “Montealina”, concretados en el documento presentado en fecha 8 de marzo de 2023, con registro de entrada número 10494, por Doña Catalina Parra Baño, con NIF ***3544*, en representación de la Comunidad de Propietarios de la Urbanización “Monte Alina”, con el mismo texto con el que se aprobaron inicialmente por la Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el 23 de abril de 2025, fueron publicados en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 187, de 6 de junio de 2025, y que se transcriben como Anexo al presente acuerdo.

Segundo.—Publicar el acuerdo de aprobación definitiva, así como el texto de los Estatutos, y someter ambos documentos al trámite de información pública por el plazo de veinte días.

Tercero.—Notificar el acuerdo de aprobación definitiva junto con el texto de los Estatutos, a las personas interesadas.

Lo que se hace público para general conocimiento y efectos legales oportunos, comunicando que, contra el precedente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante la Junta de Gobierno Local, conforme a lo dispuesto en el artículo 52.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación, o cualquier otro recurso que se considere procedente, indicándose que la interposición de recurso no paraliza la ejecutividad del acuerdo.

Pozuelo de Alarcón, a 12 de diciembre de 2025.—El director general de Urbanismo, Vivienda y Nuevos Proyectos, Juan José de Gracia Gonzalo.

(02/20.748/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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