Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 6

Fecha del Boletín 
08-01-2026

Sección 1.3.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260108-19

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES

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EXTRACTO de la Orden 6113/2025, de 21 de diciembre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se aprueba la convocatoria de becas de excelencia académica, correspondiente al curso 2025-2026, para cursar estudios en las universidades y centros superiores de enseñanzas artísticas de la Comunidad de Madrid (turno de estudiantes ya matriculados en centros superiores de enseñanzas artísticas).

BDNS: 877951

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans ) y en la página web institucional de la Comunidad de Madrid ( www.comunidad.madrid ).

Primero

Objeto

Mediante la Orden 6113/2025, de 21 de diciembre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, se convocan becas de excelencia académica con cuatro líneas de ayudas:

1. Turno de estudiantes de nuevo ingreso a la universidad.

2. Turno de estudiantes de nuevo ingreso en centros superiores de enseñanzas artísticas.

3. Turno de estudiantes ya matriculados en una universidad.

4. Turno de estudiantes ya matriculados en centros superiores de enseñanzas artísticas.

El presente extracto se refiere al turno de estudiantes ya matriculados en centros superiores de enseñanzas artísticas, cuyo objeto es facilitar la permanencia en los estudios de enseñanzas artísticas superiores de los estudiantes con aprovechamiento académico excelente.

Segundo

Número de becas convocadas

Se convocan un total de 2.559 becas al estudio para estudiantes con aprovechamiento académico excelente correspondientes al curso 2025-2026, de las cuales 4 se reservan para estudiantes ya matriculados en centros superiores de enseñanzas artísticas.

Tercero

Beneficiarios

Podrán ser beneficiarios de esta línea de ayudas los estudiantes que, reuniendo los requisitos establecidos, se encuentren matriculados, en el curso académico 2025-2026, en centros superiores de enseñanzas artísticas de la Comunidad de Madrid.

Cuarto

Bases reguladoras.

Orden 1890/2024 de 30 de abril, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que la que se aprueban las bases reguladoras de becas de excelencia académica y becas de excelencia académico-deportiva para cursar estudios en las universidades y centros superiores de enseñanzas artísticas de la Comunidad de Madrid, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 20 de mayo de 2024.

Quinto

Criterios de baremación

Las becas de esta línea de ayudas se concederán en función de la puntuación académica obtenida hasta agotar la totalidad del crédito destinado a la convocatoria.

La nota media mínima necesaria para solicitar las becas de excelencia del turno de ya matriculados en enseñanzas artísticas superiores será de 8,50 puntos.

Sexto

Cuantía

El importe total destinado a esta convocatoria es de 5.373.900 euros, del cual el crédito reservado a esta línea de ayudas es de 8.400 euros.

La cuantía individual de cada beca es de 2.100 euros.

Séptimo

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles y comenzará a contar el día siguiente al de la publicación del extracto de la orden de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. El modelo de solicitud estará disponible en las páginas web: https://www.comunidad.madrid/servicios/administracion-digital-punto-acce... y será de uso obligatorio para los interesados.

Madrid, a 21 de diciembre de 2025.

El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, EMILIO VICIANA DURO

(03/21.840/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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