Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 11

Fecha del Boletín 
14-01-2026

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260114-21

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

Pleno del Ayuntamiento

21
Madrid. Régimen económico. Pleno del Ayuntamiento. Ordenanza fiscal

Corrección de error material advertido en la publicación de la Ordenanza 12/2025, de 22 de diciembre, por la que se modifica la Ordenanza Fiscal 7/2023, de 22 de diciembre, reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras.

El Pleno del Ayuntamiento en la sesión (15/2025), extraordinaria celebrada el día 22 de diciembre de 2025, adoptó el siguiente acuerdo:

“Primero. Aprobar la Ordenanza por la que se modifica la Ordenanza Fiscal 7/2023, de 22 de diciembre, reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, que figura como anexo.

Segundo. Facultar a la presidencia del Pleno, tan ampliamente como en derecho proceda, y siguiendo criterios de eficacia, eficiencia, economía procesal y seguridad jurídica, para corregir de oficio los errores materiales o de hecho que pudieran detectarse, de lo que, en su caso, se dará cuenta en la próxima sesión ordinaria del Pleno que se celebre”.

Advertido error material en la publicación de la Ordenanza 12/2025, de 22 de diciembre, por la que se modifica la Ordenanza Fiscal 7/2023, de 22 de diciembre, reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 307, de 26 de diciembre de 2025 y en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid” número 10.033, de la misma fecha, se procede a publicar la siguiente rectificación, en virtud de la Resolución dictada por la Presidencia del Pleno el 7 de enero de 2026:

Donde dice:

“Se modifica la Ordenanza Fiscal 7/2023, de 22 de diciembre, reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, en los términos que se indican a continuación:

Uno. Artículo 12. Construcciones, instalaciones y obras realizadas para la implantación o cambio de actividades”.

Debe decir:

“Se modifica la Ordenanza Fiscal 7/2023, de 22 de diciembre, reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, en los términos que se indican a continuación:

Uno. Se modifica el artículo 12. Construcciones, instalaciones y obras realizadas para la implantación o cambio de actividades, que queda redactado en los siguientes términos:”

En Madrid, a 9 de enero de 2026.—El secretario general del Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.

(03/309/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260114-21