Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 12

Fecha del Boletín 
15-01-2026

Sección 1.4.109.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260115-23

Páginas: 5


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR

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RESOLUCIÓN de 19 de diciembre de 2025, de la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular, sobre la declaración en concreto de utilidad pública para la instalación de la planta fotovoltaica Vallejón y su infraestructura de evacuación situadas en el polígono 6, en el término municipal de Cabanillas de la Sierra, solicitada por Bicura Investments, S. L. Número expediente: 2022P292 - 14-0141-00292.4/2022.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero

Con fecha 21/4/2022 y referencia 10/235180.9/22 tiene entrada en esta Dirección General escrito de Bicura Investments, S. L., en el que se solicita la autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y declaración en concreto de utilidad pública de la instalación referenciada.

Segundo

Por parte de esta Dirección General se dio cumplimiento al trámite de información pública conjunto que figura en el Decreto 70/2010, de 7 de octubre, al haberse solicitado la declaración de utilidad pública simultáneamente a la autorización administrativa, mediante publicación de la Resolución de 23 de mayo de 2024, de la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular por la que se somete a información pública la petición de autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y declaración en concreto de utilidad pública para la construcción de 1 planta fotovoltaica, 3 centros de transformación, 1 centro de protección y medida y 4 líneas en el polígono 6, en el término municipal de Cabanillas de la Sierra, solicitada por Bicura Investments, S. L., a la que se adjuntaba la correspondiente relación de bienes y derechos afectados.

Asimismo, la solicitud de declaración, en concreto, de utilidad pública de la instalación y la correspondiente relación de bienes y derechos afectados ha sido sometida a información pública, de conformidad con lo previsto en el artículo 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, con la publicación en el diario ABC en fecha 29/5/2024 y con la exposición al público en el Ayuntamiento de Cabanillas de la Sierra, en fecha 30/5/2024.

Como resultado de la fase de información pública, en fecha 10/7/2024 y referencia 10/613983.9/24 y en fecha 08/08/2024 y referencia 10/697307.9/24 se reciben alegaciones de D. Enrique Ramírez Rodríguez en nombre y representación de Urbanización Parque Miraflores, S. L., las cuales se han trasladado al promotor que ha dado respuesta a cada una de ellas, de acuerdo con lo previsto en el artículo 10 del Decreto 70/2010.

Debido a modificaciones realizadas por Bicura Investments, S. L., en la relación de bienes y derechos afectados, se realiza un nuevo trámite de información pública mediante la publicación de la Resolución de 16 de octubre de 2025, de la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular, por la que se somete a información pública la solicitud de declaración en concreto de utilidad pública para la instalación de la planta fotovoltaica Vallejón y su infraestructura de evacuación situadas en el polígono 6, en el término municipal de Cabanillas de la Sierra, solicitada por Bicura Investments, S. L.

Asimismo, la solicitud de declaración, en concreto, de utilidad pública de la instalación y la correspondiente relación de bienes y derechos afectados se somete a información pública, de conformidad con lo previsto en el artículo 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, con la publicación en el diario ABC en fecha 21/10/2025 y con la exposición al público en el Ayuntamiento de Cabanillas de la Sierra, en fecha 20/10/2025.

Como resultado de esta fase de información pública, no se han recibido alegaciones.

Tercero

De acuerdo con lo establecido en el artículo 146 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre se ha dado traslado de las separatas del proyecto a las distintas Administraciones Públicas, organismos y empresas de servicios de interés general afectados: Ayuntamiento de Cabanillas de la Sierra, Canal de Isabel II, Área de Minas e Instalaciones de Seguridad de la DG de Promoción Económica e Industrial, Confederación Hidrográfica del Tajo, Demarcación de Carreteras del Estado en Madrid, DG de Carreteras, DG de Patrimonio Cultural y Oficina del Español, Área de Vías Pecuarias e I-DE Redes Eléctricas Inteligentes.

Habiéndose cumplido el plazo de treinta días concedido, no se ha recibido contestación del Ayuntamiento de Cabanillas de la Sierra, Canal de Isabel II, Área de Minas e Instalaciones de Seguridad de la DG de Promoción Económica e Industrial, Confederación Hidrográfica del Tajo e I-DE Redes Eléctricas Inteligentes.

En fecha 30/5/2025 y referencia 06/192484.9/25, se recibe de la DG de Carreteras informe favorable con condicionados, los cuales son aceptados por el titular en fecha 2/12/2025 y referencia 30/071580.9/25.

En fecha 17/6/2025 y referencia 10/516177.9/25, se recibe de Demarcación de Carreteras del Estado en Madrid informe indicando la no afección a la Red de Carreteras del Estado de su competencia.

En fecha 2/9/2025 y referencia 10/623478.9/25, se recibe del Área de Vías Pecuarias informe favorable con condicionados, los cuales son aceptados por el titular en fecha 19/09/2025 y referencia 10/773346.9/25.

En fecha 17/09/2025 y referencia 59/565951.9/25, se recibe de la DG de Patrimonio Cultural y Oficina del Español informe favorable con condicionados, los cuales son aceptados por el titular en fecha 02/12/2025 y referencia 30/072811.9/25.

Cuarto

Con fecha 10/9/2024 y referencia 10/768087.9/24 se emite la Resolución de la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular sobre autorización administrativa y aprobación del proyecto para la instalación de una planta fotovoltaica y 4 líneas ubicados en el polígono 6, del término municipal de Cabanillas de la Sierra, solicitadas por Bicura Investments, S. L.

Quinto

En la tramitación de este expediente se han observado las formalidades legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero

La competencia de esta Dirección General de Transición Energética y Economía Circular para resolver la cuestión planteada viene determinada por el Real Decreto 1860/1984, de 18 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios y valoración definitiva de los servicios traspasados a la Comunidad de Madrid en materia de industria, energía y minas; el Decreto 235/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior; la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria; la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico; el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de trasporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; el Decreto 70/2010, de 7 de octubre, del Consejo de Gobierno, para la simplificación de los procedimientos de autorización, verificación e inspección, responsabilidades y régimen sancionador en materia de instalaciones de energía eléctrica de alta tensión; la Orden de 31 de enero de 2011, por la que se establecen los formularios y modelos de presentación de solicitudes en los procedimientos de autorización de instalaciones de alta tensión en la Comunidad de Madrid; el Decreto 131/1997, de 16 de octubre, por el que se fijan los requisitos que han de cumplir las actuaciones urbanísticas en relación con las infraestructuras eléctricas; el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión, aprobado mediante Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto; el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09, aprobado por Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero; el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias, aprobado mediante Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo; el Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos; el Real Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre, de acceso y conexión a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica; el Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica; el Real Decreto-Ley 8/2023, de 27 de diciembre, por el que se adoptan medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo, así como para paliar los efectos de la sequía y el Real Decreto 997/2025, de 5 de noviembre, por el que se aprueban medidas urgentes para el refuerzo del sistema eléctrico.

Segundo

El artículo 54 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, declara de utilidad pública las instalaciones eléctricas de generación, a los efectos de expropiación forzosa de los bienes y derechos necesarios para su establecimiento y de la imposición y ejercicio de la servidumbre de paso.

Tercero

Las alegaciones presentadas por Urbanización Parques Miraflores, SL en relación con la información pública relativas a la imposibilidad de acceso al expediente y al informe de impacto ambiental han sido tenidas en cuenta en la Resolución de la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular sobre autorización administrativa y aprobación del proyecto para la instalación de una planta fotovoltaica y 4 líneas ubicados en el polígono 6, del término municipal de Cabanillas de la Sierra, solicitadas por Bicura Investments, S. L.

En relación con las alegaciones de índole urbanístico recibidas por Urbanización Parques Miraflores, SL mencionadas en el apartado segundo de los antecedentes de hecho, cabe indicar que, la planta fotovoltacia Vallejón y su infraestructura de evacuación cuentan con el Plan Especial de Infraestructuras definitivamente aprobado mediante el Acuerdo n.o 99/2025, de 27 de noviembre, de la Comisión de Urbanismo de Madrid, relativo a la aprobación definitiva del Plan Especial de Infraestructuras para las plantas solares fotovoltaicas Calera-Vallejón y líneas subterráneas de evacuación, en el término municipal de Cabanillas de la Sierra.

Cuarto

Del examen de la documentación que obra en el expediente se desprende que se ha seguido el procedimiento y cumplido los requisitos establecidos en la normativa citada, así como los demás de general y pertinente aplicación, por lo que esta Dirección General en el uso de sus atribuciones legalmente establecidas.

RESUELVE

Primero

Declarar, en concreto, la utilidad pública de la planta fotovoltaica Vallejón y su infraestructura de evacuación autorizadas en la Resolución de la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular, sobre autorización administrativa y aprobación del proyecto para la instalación de una planta fotovoltaica y 4 líneas ubicados en el polígono 6, del término municipal de Cabanillas de la Sierra, solicitadas por Bicura Investments, S. L., de fecha 10/9/2024.

Segundo

La declaración de la utilidad pública citada lleva implícita en todo caso la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados relacionados en el anexo que se adjunta a la presente resolución e implicará la urgente ocupación, a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de acuerdo con lo establecido en el artículo 56 de la Ley del Sector Eléctrico.

Igualmente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 56.2 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, este reconocimiento de utilidad pública, en concreto, supone el derecho a que sea otorgada la oportuna autorización para el establecimiento, paso u ocupación de la instalación eléctrica sobre terrenos de dominio, uso o servicio público o patrimoniales del Estado, o de las Comunidades Autónomas, o de uso público, propios o comunales de la provincia o municipio, obras y servicios de los mismos y zonas de servidumbre pública.

Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada en el plazo de un mes a partir de su notificación ante el Viceconsejero de Medio Ambiente, Agricultura y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid conforme al artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Mediante este acto se notifica al interesado la resolución adoptada en el procedimiento de referencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

En Madrid, a 19 de diciembre de 2025.—La Directora General de Transición Energética y Economía Circular, Cristina Aparicio Maeztu.

(02/21.655/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.109.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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