Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 27

Fecha del Boletín 
02-02-2026

Sección 3.10.20N: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260202-58

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE NAVAS DEL REY

RÉGIMEN ECONÓMICO

58
Navas del Rey. Régimen económico. Modificación presupuestaria

Acuerdo del Pleno de fecha 17 de diciembre de 2025, de la entidad de Navas del Rey, por el que se aprueba inicialmente el expediente de modificación de créditos n.o 24/2025 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de Suplemento de crédito financiado con mayores ingresos.

Visto certificado de secretaría: Que el expediente de modificación de créditos n.o MC 24/2025 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de Suplemento de crédito financiado con mayores ingresos del impuesto de IVTM e IAE, ha permanecido expuesto al público por plazo de quince días hábiles.

Forma de presentación: desde 19/12/2025 hasta 14/01/2026.

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Tablón de anuncios 19/12/2025-14/01/2026, ambos inclusive, sin que se haya presentado reclamación alguna.

Por ello, de conformidad con el artículo 169.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, debe entenderse definitivamente adoptado el Acuerdo hasta este momento provisional.

Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de MC 24/2025, financiado con cargo a mayores ingresos del impuesto del IVTM e IAE, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:

Esta modificación se financia con cargo a mayores ingresos del impuesto de IVTM e IAE, efectivamente recaudados sobre los totales previstos en algunos conceptos del Presupuesto corriente, en los siguientes términos:

En el caso de mayores ingresos:

Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 171.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos mese,s a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

En Navas del Rey, a 22 de enero de 2026.—El alcalde-presidente, Jaime Peral Pedrero.

(03/629/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20N: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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