Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 28

Fecha del Boletín 
03-02-2026

Sección 1.2.103.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260203-1

Páginas: 5


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL

1
RESOLUCIÓN de 20 de enero de 2026, de la Dirección General de Reequilibrio Territorial, sobre la convocatoria por el sistema de Libre Designación del puesto de trabajo de Secretaría, clase 1.a, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz.

El Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, mediante escrito de fecha 24 de octubre de 2025, remite documentación relativa a la convocatoria por el sistema de Libre Designación del puesto de trabajo, denominado “Secretaría, clase 1.a”, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Consta en el expediente: oficio de remisión; Decreto de Alcaldía, de fecha 10 de octubre de 2025, de aprobación de la convocatoria para la provisión, por el procedimiento de Libre Designación, del puesto de Secretaría, clase 1.a, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, subescala Secretaría, categoría Superior; Decreto de Alcaldía, de fecha 15 de octubre de 2025, por el que se aprueban las Bases que han de regir la provisión, por el procedimiento de Libre Designación, del puesto de Secretaría, clase 1.a, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, subescala Secretaría, categoría Superior; y las Bases que han de regir la provisión, por el procedimiento de Libre Designación, del puesto de Secretaría, clase 1.a, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, subescala Secretaría, categoría Superior.

De conformidad con lo previsto en el artículo 46.2 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

En uso de la competencia conferida a la Dirección General de Reequilibrio Territorial en el artículo 13.4.k) del Decreto 229/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local,

RESUELVO

Publicar las bases y la convocatoria para la provisión, mediante el sistema de Libre Designación, del puesto de trabajo de Secretaría, clase 1.a, del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, aprobadas por Decreto de Alcaldía de fecha 10 y 15 de octubre de 2025.

En Madrid, a 20 de enero de 2026.—El Director General de Reequilibrio Territorial, Javier Carazo Gil.

ANEXO I

DECRETO DE ALCALDÍA DE FECHA 10 DE OCTUBRE DE 2025, POR EL QUE SE APRUEBA LA COVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN, MEDIANTE LIBRE DESIGNACIÓN, PUESTO DE TRABAJO DE SECRETARÍA, CLASE 1.a, RESERVADO A FUNCIONARIOS DE ADMINISTRACIÓN LOCAL CON HABILITACIÓN DE CARÁCTER NACIONAL, DEL AYUNTAMIENTO DE TORREJÓN DE ARDOZ

“[…]

Primero

Aprobar la convocatoria, mediante el procedimiento de Libre Designación, del puesto de Secretaría, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, subescala Secretaría, categoría Superior, del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, de conformidad a lo previsto en los artículos 45 y ss. del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Segundo

Comunicar el acuerdo a la Dirección General de Reequilibrio Territorial de la Comunidad de Madrid, para su publicación en el Boletín Oficial correspondiente”.

DECRETO DE ALCALDÍA DE FECHA 15 DE OCTUBRE DE 2025, POR EL QUE SE APRUEBAN LAS BASES PARA LA PROVISIÓN, MEDIANTE LIBRE DESIGNACIÓN, PUESTO DE TRABAJO DE SECRETARÍA, CLASE 1.a, RESERVADO A FUNCIONARIOS DE ADMINISTRACIÓN LOCAL CON HABILITACIÓN DE CARÁCTER NACIONAL, DEL AYUNTAMIENTO DE TORREJÓN DE ARDOZ

“[…]

Primero

Aprobar las bases específicas que han de regir la convocatoria, por el procedimiento de Libre Designación, del puesto de Secretaría, clase 1.a, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, subescala Secretaría, categoría Superior, del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz”.

ANEXO II

BASES PARA LA PROVISIÓN, MEDIANTE LIBRE DESIGNACIÓN, DEL PUESTO DE TRABAJO DE SECRETARÍA, CLASE 1.a, RESERVADO A FUNCIONARIOS DE ADMINISTRACIÓN LOCAL CON HABILITACIÓN DE CARÁCTER NACIONAL, DEL AYUNTAMIENTO DE TORREJÓN DE ARDOZ

Primera

Forma de provisión

La convocatoria para la provisión del puesto de Secretaría del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz se regirá por el sistema de Libre Designación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 45 a 47 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Segunda

Objeto de la convocatoria

Es objeto de las presentes bases, regular la convocatoria para la provisión, mediante el sistema de Libre Designación, del puesto de Secretario/a reservado a funcionario/a de Administración local con habilitación de carácter nacional, subescala de secretaría, categoría superior, cuyas características, según la relación de puestos de trabajo son las siguientes:

— Denominación: Secretario/a.

— Escala: Habilitación de carácter nacional.

— Subescala: Secretario.

— Categoría: Superior.

— Grupo: A.

— Subgrupo: A1.

— Nivel de complemento de destino: 30.

— Nivel complemento específico: 62.448,26 euros.

— Forma de provisión: Libre Designación.

— Descripción del puesto de trabajo: Funciones propias de la Secretaría conforme a lo establecido en el Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo.

Para el puesto descrito se requerirá especial dedicación y disponibilidad, así como dedicación exclusiva.

Tercera

Requisitos que deben reunir el personal aspirante

El personal aspirante deberá pertenecer a la escala de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, perteneciente a la Subescala de Secretaría, categoría superior.

No podrán concurrir a esta convocatoria los funcionarios que se encuentren en las situaciones previstas en el artículo 36 apartados a), b) y c) del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo.

Cuarta

Convocatoria

La convocatoria será efectuada por la Alcaldía, que la remitirá al órgano competente de la Comunidad de Madrid, para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y su remisión, a su vez, a la Dirección General de la Función Pública del Ministerio de Política Territorial y Función Pública, a efectos de publicación de un extracto en el "Boletín Oficial del Estado”.

Quinta

Presentación de solicitudes

Las personas interesadas en participar en la convocatoria presentarán su solicitud en el modelo de instancia que se incorpora como Anexo I, debidamente cumplimentada, dentro de los quince días hábiles siguientes al de la publicación del extracto de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”.

Las solicitudes se presentarán en el registro del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, así como en todas aquellas oficinas de registro que establecen las disposiciones vigentes. También podrán remitirse mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Las personas interesadas dirigirán sus solicitudes al Sr. Alcalde, acompañando a las mismas de curriculum vitae y certificado de servicios a funcionarios de carrera de la Escala de Administración local con habilitación de carácter nacional, emitido en el plazo de presentación de instancias, firmado por el/la titular del órgano competente de la Subdirección General de Relaciones con otras Administraciones del Ministerio de Hacienda y Función Pública. Este certificado será requisito indispensable para acreditar el cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria relativos a la escala, subescala, categoría, subgrupo de titulación, Administración de procedencia, destinos ocupados y situación administrativa.

De no ser posible aportar el certificado junto a la solicitud, deberá presentarse justificante de haberlo solicitado en plazo.

Sexta

Procedimiento de provisión y selección de aspirantes

Concluido el plazo de presentación de solicitudes, se dará publicidad a la lista de admitidos y excluidos en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la página web, quedando abierto un plazo de diez días para la subsanación de posibles defectos.

1. Los requisitos y especificaciones que se valorarán y motivarán la selección; y que deberán acreditarse para el desempeño de trabajo serán los siguientes:

a. Destinos similares al puesto convocado, desempeñados, a lo largo de la carrera profesional, en entidades locales con características equiparables al del puesto que se pretende ocupar, fundamentalmente municipios de gran población, debiendo señalarse los años de servicio, puestos de trabajo desempeñados en la Administración pública, experiencia profesional y proyectos.

b. Títulos académicos enseñanzas oficiales.

c. Cursos de formación realizados o impartidos en relación con las tareas asignadas y funciones del puesto.

d. Otros méritos o circunstancias se estimen oportuno poner de manifiesto, que se acrediten fehacientemente por el que resulte elegido.

2. Además de los requisitos y especificaciones señaladas con anterioridad. Para el desempeño del puesto de trabajo de la convocatoria, se valorarán los siguientes aspectos, debidamente documentados:

a. Experiencia acreditada en el desempeño de las funciones reservadas y propias de la subescala Secretaría, categoría superior, desarrolladas en municipios a los que resulte de aplicación el Título X de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local, tales como el desempeño de los puestos de Secretaría General de Pleno, Titular del Órgano de Apoyo a la Junta de Gobierno o Titular de la Asesoría Jurídica en caso de que su ejercicio estuviere reservado a estos funcionarios.

b. Otra formación específica y complementaria en el ámbito de competencia del puesto.

La selección se realizará atendiendo a la experiencia y a la formación en el ejercicio de las funciones y capacitación del candidato/a en relación con el perfil competencial del puesto de trabajo convocado y a la vista de la trayectoria profesional y los méritos acreditados, valorándose especialmente el conocimiento en el puesto y la experiencia en municipios de gran población.

Los aspirantes podrán ser convocados para realizar una entrevista, a cuyo efecto se comunicará con tres días de antelación la fecha de celebración de la misma.

Séptima

Resolución de la convocatoria y nombramiento

El Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, procederá, en su caso, previa constatación de la concurrencia de los requisitos exigidos en la convocatoria y otros extremos meritorios exigidos en esta convocatoria y previos los informes que estime oportunos, a dictar resolución correspondiente en el plazo de un mes, dando cuenta al Pleno de la Corporación y traslado de la misma a la Dirección General de Función Pública, del Ministerio de Política Territorial y Función Pública, para su anotación y publicación conjunta en el “Boletín Oficial del Estado”.

La Resolución se motivará con referencia al cumplimiento, por parte del candidato/a elegido/a, de los requisitos y demás especificaciones meritorias exigidas en la convocatoria, así como de la competencia para proceder al nombramiento. Deberá quedar acreditada en el procedimiento, como fundamento de la resolución adoptada, la observancia del procedimiento debido.

No obstante, lo anterior, se podrá declarar desierta la convocatoria, mediante resolución motivada, porque no concurran funcionarios o aún existiendo aspirantes que reúnen los requisitos exigidos, porque se considere que ninguno de los aspirantes resulte idóneo para su desempeño.

Octava

Toma de posesión

El plazo de toma de posesión será el establecido en el artículo 41 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo.

Novena

Recursos e impugnaciones

La presente convocatoria, bases y cuantos actos administrativos se deriven de la misma, podrán ser impugnados por los interesados en la forma y plazos establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Décima

Normativa supletoria

En lo no previsto por las presentes Bases serán de aplicación el capítulo V del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional y las prescripciones correspondientes del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

(03/1.049/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.103.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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