Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 28

Fecha del Boletín 
03-02-2026

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260203-68

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLALBILLA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

68
Villalbilla. Organización y funcionamiento. Junta Gobierno

De conformidad con lo establecido en el artículo 229 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, se hacen públicas las resoluciones de Alcaldía adoptadas el 21 de enero de 2026, cuyos extractos se transcriben a continuación:

I. Que por el alcalde-presidente mediante decreto n.o 2026-0178, de fecha 21 de enero de 2026, se adoptó el siguiente acuerdo:

“Delegar en la Junta de Gobierno Local la competencia para la aprobación de todos los Convenios de Colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, y el Ayuntamiento de Villalbilla”.

II. Que por el alcalde-presidente mediante decreto n.o 2026-0179, de fecha 21 de marzo de 2026, se acordó lo siguiente:

“Primero. Modificar el decreto 2025-0274, de fecha 28 de marzo de 2025, de modificación de delegación en determinados concejales de competencias atribuidas a la Alcaldía, atribuyendo la competencia específica de celebración de matrimonios civiles a favor del concejal de la Corporación D. Fernando Huerta Seoane.

Segundo. Establecer la denominación del área con el siguiente tenor literal: C) Áreas de Seguridad Ciudadana, Policía Local, Protección Civil, Emergencias, Transportes, Movilidad, Tráfico, Desarrollo Económico, Comercio, Empleo, Medio Rural y Celebración de Matrimonios Civiles, a favor del tercer teniente de alcalde D. Fernando Huerta Seoane”.

Lo que se hace público en cumplimiento de la normativa mencionada.

En Villalbilla, a 22 de enero de 2026.—El secretario general, Ildefonso Montero Tineo.

(03/1.061/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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