Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 32

Fecha del Boletín 
07-02-2026

Sección 1.4.110.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260207-18

Páginas: 5


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES

18
ADENDA de 20 de enero de 2026, de modificación del convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, y el Ayuntamiento de Daganzo de Arriba, para la ejecución de proyectos con cargo a los Fondos Europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia (S20_S21_S22_S33_S65).

Madrid, a 20 de enero de 2026.

REUNIDOS

De una parte, la Excma. Sra. D.a Ana Dávila-Ponce de León Municio, Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante Decreto 46/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, actuando en virtud de las competencias que le otorga el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.

Y de otra, el Ilmo. Sr. D. Manuel Jurado Marrufo, Alcalde del Ayuntamiento de Daganzo de Arriba, elegido por Acuerdo del Pleno de 17 de junio de 2023, en nombre y representación del citado Ayuntamiento, en virtud de su cargo y de las facultades que le confiere el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

Ambos intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir la presente Adenda de Modificación del Convenio de colaboración vigente, y

MANIFIESTAN

El día 2 de agosto de 2022 se firmó un Convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid a través de la entonces Consejería de Familia, Juventud y Política Social y el Ayuntamiento de Daganzo de Arriba para la ejecución de proyectos con cargo a los fondos europeos procedentes del mecanismo para la recuperación y resiliencia (s20_s21_s22_s33_s65). Este Convenio se modificó mediante Adenda de fecha 28 de junio de 2024.

La cláusula novena del citado Convenio de colaboración, establece que cualquiera de las partes, o ambas de mutuo acuerdo, podrán proponer la modificación del convenio durante su vigencia, que deberá producirse de mutuo acuerdo y por escrito, suscribiendo la adenda de modificación correspondiente. Todo ello de acuerdo con lo establecido en el artículo 49.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

En estos casos, procederá tramitar una modificación del convenio que contendrá el o los anexos modificados o, en su caso, el nuevo anexo.

En fecha 28 de noviembre de 2025, el Ayuntamiento de Daganzo de Arriba solicita, mediante escrito firmado por su Alcalde, al cual se acompaña Certificado del Acuerdo de la Junta de Gobierno Local por delegación del Pleno de dicho Ayuntamiento donde se debate el asunto, la renuncia al:

— Subproyecto S22: Ayudas a entidades locales para la adaptación de viviendas de personas usuarias de centros de día, motivado por que el número de usuarios que pudieran solicitarlo no es el suficiente para ejecutar el proyecto.

Ambas partes consideran necesario introducir modificaciones en el Convenio que actualicen el contenido del mismo, en base a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera

Modificación de la cláusula sexta: financiación

Se modifica el apartado 2 de la cláusula sexta, cuya redacción quedará como sigue:

2. La aportación económica de la Comunidad de Madrid, por Línea de inversión/Proyecto para su entidad local es la siguiente:

Este presupuesto tendrá la consideración de base imponible a los efectos de lo establecido por la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.

La distribución económica por Subproyectos queda detallada en los Anexos de este Convenio.

Segunda

Modificación de Anexo I

Conforme a la solicitud del Ayuntamiento, se elimina en el Anexo I el Subproyecto S22, y mantienen su vigencia los anexos II, III, IV, V, VI, y VII, de tal forma que el Anexo I quedará redactado de la siguiente manera:

ANEXO I

Línea de Inversión: C22.I1 Plan de apoyos y cuidados de larga duración: desinstitucionalización, equipamientos y tecnología

Proyecto P01. “Transformación de centros hacia un modelo de cuidados centrados en la calidad de vida y la autonomía de las personas”: (C22.I1.P01)

El Proyecto P01 “Transformación de centros hacia un modelo de cuidados centrados en la calidad de vida y la autonomía de las personas” plantea la inversión en la red de centros residenciales y de día en el ámbito de competencias de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social de la Comunidad de Madrid, para adaptarlos al nuevo modelo de cuidados centrados en la persona.

Al mismo tiempo, incluye el desarrollo de nuevas soluciones de apoyo desinstitucionalizado que dan cobertura a grupos de población para los que no existe un recurso adaptado actualmente.

Para ello, se han previsto el siguiente proyecto y sus subproyectos:

Proyecto 1: Nuevos equipamientos residenciales públicos y remodelaciones de acuerdo con Atención Centrada en la Persona, centros de día innovadores y comunitarios:

1. Construcción, adquisición y remodelación y equipamiento de centros de día de proximidad (subproyecto S20).

2. Adaptación de centros residenciales a un modelo de unidades de convivencia (subproyecto S21).

3. Adaptación de viviendas de personas usuarias de centros de día (subproyecto S22).

De los cuales el Ayuntamiento de Daganzo de Arriba ha optado por participar en los siguientes:

Subproyecto S20. Construcción, adquisición y remodelación y equipamiento de centros de día de proximidad

Descripción:

Esta línea de acción consiste en la construcción o remodelación y adquisición de equipamiento necesario para la reforma de centros de día de proximidad, ampliando la red de centros existentes y su dispersión territorial en la Comunidad de Madrid, de modo que se prolongue la permanencia de las personas que necesitan cuidados en sus domicilios, se fomente su autonomía y se retrase su traslado a residencias.

Objetivos:

Esta línea de acción contribuye a los siguientes objetivos del eje de “Economía de los cuidados y refuerzo de las políticas de igualdad e Inclusión”, del Fondo de Recuperación, Transformación y Resiliencia:

— Transformación de centros hacia un nuevo modelo de cuidados centrado en la calidad de vida y la autonomía de las personas.

— Promoción de centros de día innovadores e integrados en la comunidad que permitan apoyos y cuidados en la proximidad de las personas que lo necesiten.

Actuaciones a realizar:

Las actuaciones a realizar en los centros de día pueden ser:

— Inversión en infraestructuras para la creación mediante construcción o adquisición y/o reforma de centros de día con criterios de accesibilidad, eficiencia energética y dispersión territorial entre otros.

— Dotación de equipamiento técnico y tecnológico para la autonomía de las personas usuarias mediante el equipamiento de los centros de día con tecnologías que favorezcan la autonomía y la relación con el entorno y redes sociales (equipos informáticos, tabletas, videocámaras, etc.) que permitan la comunicación online con sus familiares o redes sociales, el ocio y la conexión con la comunidad.

Gastos que se financian:

Los gastos que se financiarán con cargo a este proyecto serán los que efectúe la entidad local para el desarrollo de las actuaciones descritas, hasta la cuantía máxima del proyecto prevista en este anexo, concretamente:

— Inversión en infraestructuras por obras de construcción y reformas arquitectónicas para la adecuación de espacios, la accesibilidad y la eficiencia energética.

— Adquisición de equipamientos técnicos (instrumentos de asistencia e intervención sociosanitaria) y tecnológicos (equipamiento informático y audiovisual).

Indicadores relacionados con la ejecución y seguimiento:

— Número de nuevas plazas en centros de día de proximidad.

— Número de plazas remodeladas en centros de día de proximidad.

Programa, subconcepto y fondo presupuestario:

El gasto de esta línea de acción se imputará al programa 231D, subconcepto 76309 “Corporaciones Locales”, con cargo al fondo con código 2021/00079 del Presupuesto de Gastos de la Comunidad de Madrid financiado con el Instrumento Europeo de Recuperación “NextGenerationEU-MRR”. Los números de proyectos asociados a cada subproyecto son los siguientes:

Forma de pago:

La aportación económica de la Comunidad de Madrid prevista será abonada a la entidad local de la siguiente forma para cada una de las líneas de acción financiadas:

— Anualidad 2022: un 100 por 100 mediante anticipo durante el ejercicio 2022, una vez formalizado el Convenio.

— Anualidad 2023: un 100 por 100 mediante anticipo durante el primer semestre de 2023, siempre que se acredite, dentro del primer trimestre de 2023, el cumplimiento del Hito inmediatamente anterior.

En el caso de que la Entidad Local no acredite el cumplimiento del referido Hito dentro del plazo establecido, el pago podrá efectuarse durante toda la anualidad, siempre y cuando sea acreditado el cumplimiento del mismo.

Justificación de gastos:

La documentación indicada en la cláusula de justificación, junto con un documento acreditativo del grado de ejecución de la instalación o construcción firmado por la empresa instaladora/constructora o técnico responsable y el representante de la entidad local.

La Entidad Local, deberá aportar igualmente la documentación que acredite la concesión de las Ayudas para la mejora de vivienda de usuarios de Centros de Día.

Modificación del Anexo I:

Mediante modificación del Anexo I, sin que afecte al clausulado del convenio, se realizarán los reajustes necesarios para la ejecución de las líneas de acción contenidas en el mismo. Las partes, conjuntamente, o a petición de una de ellas, podrán proponer su modificación para adaptar su ejecución al cumplimiento de los hitos previstos en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Tercera

Devolución de importes

El Ayuntamiento de Daganzo de Arriba renuncia expresamente a la aportación económica de las anualidades 2022 y 2023 dispuestas en el Subproyecto S22: Adaptación de viviendas de personas usuarias de centros de día, por importe de 24.405,50 euros.

De acuerdo con lo previsto en el Anexo I del Convenio, la aportación económica de la Comunidad de Madrid para las anualidades 2022 y 2023 fue abonada al 100 por 100 mediante anticipo.

Como consecuencia de la modificación del convenio, el Ayuntamiento de Daganzo de Arriba procederá a la devolución a la Comunidad de Madrid de las cantidades destinadas a dicho subproyecto, en el plazo de 20 días hábiles desde la fecha de firma de la presente adenda, conforme a lo siguiente:

En su defecto, conforme a la cláusula Séptima del Convenio suscrito, la Comunidad de Madrid realizará la oportuna regularización de las cantidades percibidas y no justificadas por la entidad local, mediante el reintegro de las cantidades indebidamente justificadas.

De conformidad con lo previsto en el artículo 52.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, transcurrido el plazo máximo de 20 días hábiles sin que se haya producido el reintegro citado, se deberá abonar también en el plazo de 20 días hábiles, a contar desde ese momento, el interés de demora aplicable al citado reintegro, que será en todo caso el que resulte de las disposiciones de carácter general reguladoras del gasto público y de la actividad económico financiera del sector público.

Cuarta

Vigencia

La presente adenda de modificación entrará en vigor desde el momento de su firma hasta el 2 de agosto del 2026, salvo denuncia expresa de incumplimiento o resolución formulada por cualquiera de las partes, sin posibilidad de prórroga de los mismos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Y en prueba de conformidad, suscriben la presente adenda, de forma electrónica y a un solo efecto tomándose como fecha de firma la fecha en que lo haga el último firmante.

Madrid, a 20 de enero de 2026.—La Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, Ana Dávila-Ponce de León Municio.—El Alcalde del Ayuntamiento de Daganzo de Arriba, Manuel Jurado Marrufo.

(03/1.007/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.110.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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