Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 36

Fecha del Boletín 
12-02-2026

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260212-64

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE PINTO

RÉGIMEN ECONÓMICO

64
Pinto. Régimen económico. Calendario fiscal

Para general conocimiento se hace público que, tras la tramitación del correspondiente expediente han quedado aprobados:

— Calendario fiscal para el pago en período voluntario de los tributos periódicos de notificación colectiva gestionados por Padrón o matrícula del ejercicio 2026.

— Anuncio de cobranza de cada uno de los tributos.

— Período de exposición pública de los padrones o matrículas, a efectos de notificación y recurso.

Calendario fiscal

Anuncio de cobranza

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, y en virtud de los dispuesto en los artículos en el artículo 59 y 60 de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Gestión y Recaudación de tributos de Pinto, se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, los anuncios de cobranza de los distintos tributos municipales, que determinan el inicio del período de exposición al público de padrones o matriculas, así como el anuncio del calendario fiscal.

Así, desde el día siguiente a la aprobación de cada uno de los padrones, hasta que finalice el primer mes del período voluntario de pago, los contribuyentes podrán consultar el padrón en las oficinas municipales. Durante los 30 días siguientes a la finalización del período de exposición, que coincide con el segundo mes del período voluntario de pago, podrán interponer recurso de reposición.

Se pone en conocimiento de todos los contribuyentes que el cobro de las deudas periódicas de notificación colectiva que se gestionan mediante padrones o matrículas en el año 2026 se realizará conforme los siguientes:

Lugar y forma de pago

En relación con el pago de los recibos domiciliados:

1. El cargo en cuenta del sistema de pago anticipado se realiza antes del 10 de marzo de 2026.

2. En el sistema especial de pago, se cargará según su modalidad:

— Tres plazos: entre los días 1 y 10 de marzo de los meses de marzo, julio y octubre de 2026

— Nueve plazos: entre los días 1 y 10 de cada uno de los siguientes meses: marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre y noviembre de 2026

3. El cargo en cuenta de los recibos domiciliados distintos de los anteriores, se producirá en la tercera semana a contar dese el inicio del período voluntario del correspondiente tributo periódico.

Los recibos no domiciliados podrán abonarse a través de las siguientes entidades colaboradoras:

— CaixaBank, BBVA, Banco Santander, Banco Sabadell, Unicaja, Cajamar, Eurocaja Rural, Ibercaja Banco, Kutxabank, así como en su banca electrónica si son clientes. Asimismo, con este documento, podrá abonarlo mediante Bizum o tarjeta de cualquier entidad en cajeros automáticos de CaixaBank o a través de la web municipal, enlace: www.ayto-pinto.es/pago

— A través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Pinto.

Transcurrido el plazo de ingreso en período voluntaria, se iniciará el período ejecutivo y las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio devengándose interés de demora y los recargos del período ejecutivo en los términos de los artículos 26, 28 y 161 de la Ley General Tributaria.

Pinto, a 3 de febrero de 2026.—El concejal-delegado de Hacienda, Mario Gutiérrez Infantes.

(01/1.655/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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