Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 42

Fecha del Boletín 
19-02-2026

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260219-35

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ARROYOMOLINOS

RÉGIMEN ECONÓMICO

35
Arroyomolinos. Régimen económico. Padrones fiscales

Don Rubén Maireles López, concejal-delegado de Economía y Hacienda en el Ayuntamiento de Arroyomolinos (Madrid), según decreto de delegación n.o 2277/2024, de fecha 23-9-2024, hace saber que los padrones de la tasa por reserva de vía pública para acceso a garajes, locales, o viviendas, carga y descarga de pasajeros o mercancías de cualquier clase (vados) y la tasa por ocupación de la vía pública por actividades lucrativas (terrazas), ambos del ejercicio 2026, se han aprobado respectivamente mediante los decretos n.o 2026-0326 y n.o 2026-0331 ,ambos de fecha 9/2/2026. Ambos padrones se hayan expuestos al público en el Departamento de Gestión Tributaria y Recaudación durante el plazo de quince días hábiles, a contar desde la publicación del anuncio, a los efectos de notificación colectiva prevista en el artículo 102.3 de la Ley General Tributaria.

El período de pago voluntario será el comprendido entre el 9 de marzo hasta el 11 de mayo de 2026 y podrá hacerse efectivo en cualquier oficina de las entidades financieras colaboradoras que a continuación se relacionan, en horario habitual de caja: Ibercaja, Banco Sabadell, Banco Santander, Unicaja, La Caixa, BBVA, Cajamar, Banca Pueyo.

En el plazo de un mes, y con carácter potestativo, podrá presentarse recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo en los términos previstos en el artículo 14.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo), a contar desde la finalización del período de la exposición pública.

Se advierte que, transcurrido el plazo de ingreso, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y se devengarán los correspondientes recargos del periodo ejecutivo, los intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan.

En Arroyomolinos, a 9 de febrero de 2026.—El concejal-delegado de Economía y Hacienda, Rubén Maireles López

(01/2.013/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260219-35