Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 43

Fecha del Boletín 
20-02-2026

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260220-65

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VALDEMAQUEDA

RÉGIMEN ECONÓMICO

65
Valdemaqueda. Régimen económico. Padrón fiscal

Por Decreto de Alcaldía número 2026-0037, de fecha 10 de febrero de 2026, rectificado con decreto de Alcaldía n.o 2026-0039 se han aprobado los padrones fiscales y liquidaciones de la tasa por prestación del servicio de alcantarillado, tasa de vado paso de vehículos y del impuesto de vehículos de tracción mecánica, correspondientes al período 2026.

Los mencionados padrones y liquidaciones permanecerán expuestos al público durante un plazo de veinte días hábiles, contado a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como en la Sede Electrónica del Ayuntamiento ( http://aytovaldemaqueda.sedelectronica.es ) y tablón de edictos de la Casa Consistorial, a efectos de que los interesados puedan presentar alegaciones, reparos u observaciones.

El período voluntario de pago de los mencionados tributos será el comprendido entre los días 1 de marzo y 30 de abril de 2026, ambos incluidos.

El pago en período voluntario de las correspondientes cuotas tributarias podrá hacerse efectivo a partir del día 1 de marzo de 2026, mediante ingreso directo, tarjeta de crédito o transferencia bancaria, o bien en la Oficina Municipal de Recaudación sita en la Plaza de España, n.o 1, de Valdemaqueda, los días 16 y 23 de marzo y 13 y 20 de abril de 2026, en horario de 9:00 a 14:00 horas.

La fecha prevista de cargo en cuenta de las cuotas tributarias que han sido domiciliadas será el día 1 de abril de 2026.

Transcurrido el período voluntario de cobro sin haberse hecho efectivas las deudas tributarias, se exigirá el pago de las mismas en período ejecutivo mediante el procedimiento de apremio, con el devengo de los recargos, intereses de demora y costas del procedimiento que procedan, de conformidad con los artículos 26, 28 y 161 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Contra el acto de aprobación de los citados padrones y/o las liquidaciones correspondientes podrá interponerse recurso de reposición ante la Alcaldía en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de finalización del periodo de exposición pública, de acuerdo con el artículo 14.2.c) del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, previo al recurso contencioso administrativo, sin perjuicio de interposición de cualquier otro recurso que se estime procedente.

El presente anuncio tiene carácter de notificación colectiva, de conformidad con lo establecido en el artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

En Valdemaqueda, a 11 de febrero de 2026.—El alcalde-presidente, Ricardo Meneses Cabrero.

(01/2.167/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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