Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 44

Fecha del Boletín 
21-02-2026

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260221-20

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCORCÓN

RÉGIMEN ECONÓMICO

Instituto Municipal para el Empleo y la Promoción Económica (IMEPE)

20
Alcorcón. Régimen económico. Instituto Municipal para el Empleo y la Promoción Económica (IMEPE). Extracto convocatoria subvenciones

Extracto de la convocatoria aprobada por Resolución de la Presidencia Delegada, de 18 de febrero de 2026, del Organismo Autónomo, Instituto Municipal para el Empleo y la Promoción Económica de Alcorcón, IMEPE, por la que se convocan 10 becas para estancias en el extranjero en el marco del proyecto de movilidad “Alcorcón en Europa XI” del programa ERASMUS+.

BDNS (Identif.): 888329

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones https://webpub2.igae.hacienda.gob.es/teseonet/convocatoria/detalle?id=10... con el código BDNS 888329 .

Primero. Beneficiarios y requisitos.—Para obtener la condición de persona beneficiaria, deberán cumplirse todos los siguientes requisitos por parte de las personas solicitantes:

a) Tener la nacionalidad española, ser nacional de un país miembro de la Unión Europea o ser extranjero con permiso de residencia en España.

b) Tener cumplidos los dieciocho años en el momento de iniciarse la movilidad, si en el momento de presentar la solicitud es menor de 18 años, se le solicitará una autorización de su progenitor o progenitora, o bien de su tutor o tutora.

c) Estar cursando el último año de Formación Profesional de Grado Medio, FP Básica o Formación para el Empleo, siempre que éste sea conducente a la obtención de un Certificado de Profesionalidad. Esta formación tiene que haber finalizado de manera que al regreso de la movilidad no hayan trascurrido 12 meses. En todo caso, las personas candidatas deben haber realizado sus estudios en un centro socio del consorcio liderado por IMEPE para la presentación y desarrollo de este proyecto, conforme se establece en la guía de gestión del programa y el convenio suscrito entre SEPIE e IMEPE. Estas entidades son:

— IES Los Castillos.

— IES Josefina Aldecoa.

— IES Ignacio Ellacuria.

— Centros Formación Juan XXIII.

— Colegio Ntra. Sra. de los Remedios.

— *

d) Cumplir con los requisitos establecidos en el art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas.

e) La beca puede quedar condicionada a que la persona candidata cumpla con la legislación para la realización de las prácticas en el país de destino (titulación, edad, nivel de idioma).

Segundo. Objeto.—Regular la concesión (en régimen de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación) de 10 becas de movilidad para la realización de prácticas no laborales en empresas, en el marco del Programa de la UE de educación, formación, juventud y deporte, ERASMUS+.

* En el caso de existir plazas vacantes una vez finalizado el proceso de selección y publicada el acta definitiva de adjudicación de plazas, el IMEPE, y siempre que los plazos de finalización del proyecto establecidos en el convenio lo permitan (31 de mayo de 2026), podrá añadir participantes de otros centros como socios asociados al consorcio siempre y cuando el nuevo centro realice los trámites necesarios exigidos por SEPIE y este organismo lo autorice.

Tercero. Destino, plazas e importe de las becas.

Cuarto. Solicitudes, plazo y forma de presentación.—Las solicitudes se formalizarán en el modelo que figura como Anexo I, al final de esta convocatoria y que podrá obtenerse en el Centro de Formación de IMEPE (C/ Industrias, 73, Alcorcón), o en la dirección de Internet www.imepe-alcorcon.com .

El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 27 de febrero de 2026.

Además, la presente convocatoria se ha registrado en la “Base de Datos Nacional de Subvenciones” (BDNS), con los requisitos exigidos en el artículo 23.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como en el Portal de Transparencia de la página web del IMEPE.

En cuanto a la forma de presentación de solicitudes:

Se presentarán ante el Registro del IMEPE Alcorcón, de forma presencial, en IMEPE Alcorcón que se encuentra ubicado en el Centro de Formación C/ Industrias, 73, 28923 Alcorcón. Teléfono: 916648415, así como en la sede electrónica del Ayuntamiento de Alcorcón.

Así mismo, podrán presentarse en oficinas de Correos y en cualquier otro lugar que establezcan las disposiciones vigentes, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Quinto. Forma de pago.—El pago de la beca se fraccionará de la siguiente manera:

1. Con anterioridad a la fecha prevista de la salida al destino concedido, se ingresará a cada beneficiario el 80 % del importe total de la beca.

2. El 20 % restante de la beca lo recibirá al regreso y siempre que el participante haya entregado la documentación justificativa final en los términos establecidos en los artículos 13 y 14 de la convocatoria.

En Alcorcón, a 19 de febrero de 2026.—El presidente-delegado de IMEPE, Carlos Carretero Rodríguez.

(03/2.675/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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