Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 47

Fecha del Boletín 
25-02-2026

Sección 3.10.20E: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260225-54

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE EL ÁLAMO

CONTRATACIÓN

54
El Álamo. Contratación. Mesa contratación

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 21.4 del Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley de Contratos del Sector Público, se hace pública la composición de la Mesa de Contratación de la Junta de Gobierno Local, según lo acordado por la Junta de Gobierno Local en sesión extraordinaria urgente, celebrada el 11 de febrero de 2026, cuyo contenido literal es el siguiente:

Primero.—Crear una Mesa de Contratación Permanente como órgano de asistencia al órgano de contratación Junta de Gobierno Local y designar a los miembros de la misma:

— Presidente:

• Titular: D. Juan Manuel Orgaz Sánchez, concejal de Hacienda, Contratación, Urbanismo, Infraestructura y Obras.

Suplentes: D. Juan Carlos Orgaz Rufo, concejal de Cultura, Educación, Presidencia y Régimen interior.

— Vocales:

1. Titular: Secretaria/o general del Ayuntamiento de El Álamo o persona que tenga encomendado el asesoramiento jurídico del órgano de contratación.

Suplente: Persona que legalmente le sustituya.

2. Titular: Interventor/a del Ayuntamiento de El Álamo, o persona que tenga atribuido el control económico-presupuestario del órgano de contratación.

Suplente: Persona que legalmente le sustituya.

3. Titular: D.a Virginia Sambade Varela, arquitecta superior municipal.

Suplente: Tesorera/o municipal del Ayuntamiento de El Álamo.

4. Titular: D.a Almudena Prieto Orgaz, personal laboral del Ayuntamiento de El Álamo, técnico de Comunicación y Estadística.

Suplente: Cristofer Plaza Alcántara, personal laboral del Ayuntamiento de El Álamo, técnico informático.

— Secretaria de la Mesa:

— Titular: D. Juan Carlos Ruiz Expósito, funcionario subinspector jefe de la Policía Local del Ayuntamiento de El Álamo. Quien actuará con voz y sin voto en la preparación de los asuntos de la mesa de contratación y en levantamiento del acta.

La Mesa de Contratación quedará válidamente constituida con la asistencia de la Presidencia, secretaría y los dos funcionarios con atribuciones en el asesoramiento jurídico y económico presupuestario.

Entre la convocatoria y la celebración de la sesión de la mesa de contratación deberá mediar al menos veinticuatro horas, siempre asegurando el acceso a la documentación y respeto al derecho de preparación, para la declaración de la voluntad de los miembros del órgano de contratación.

Abstención y recusación: Los miembros designados en quienes concurran alguna de las circunstancias enumeradas en el artículo 23.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (en adelante LRJSP), deberán abstenerse de participar justificando la causa ante el alcalde del Ayuntamiento de El Álamo, quien resolverá lo procedente. De la misma manera, este órgano municipal de oficio, si se dieran las circunstancias descritas, podrá ordenar al/los miembro/s de la Mesa de Contratación afectado/s que se abstengan de toda intervención en el expediente. Para la recusación de los miembros de la Mesa de Contratación se seguirá el procedimiento previsto en el artículo 24 de la LRJSP, siendo el alcalde del Ayuntamiento de El Álamo (Madrid) el inmediato superior que resolverá el expediente.

De las convocatorias de la Mesa de Contratación se dará traslado a los portavoces de los grupos municipales, quien podrán asistir a la misma sin voz ni voto.

Segundo.—Comunicar a los miembros designados su nombramiento como miembros de la Mesa de Contratación Permanente.

Tercero.—Publicar dicho acuerdo en el “perfil del contratante” del Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia.

En El Álamo, a 13 de febrero de 2026.—El alcalde, Alberto Cabezas Ortega.

(03/2.396/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20E: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260225-54