Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 49

Fecha del Boletín 
27-02-2026

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260227-49

Páginas: 8


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE CUBAS DE LA SAGRA

URBANISMO

49
Cubas de la Sagra. Urbanismo. Convenio urbanístico

Por el Pleno de este Ayuntamiento, en su sesión celebrada con fecha 18 de diciembre de 2025, se acordó, entre otros extremos, ratificar y aprobar el texto definitivo del Convenio Urbanístico de ejecución de planeamiento, relativo a fincas registrales 1.185 y 5.014 a 5.033 (ambas inclusive) del Registro de la Propiedad de Fuenlabrada, número 2, situadas en el paraje de “La Torrecilla” del término municipal de Cubas de la Sagra, presentado por don Mario Carlos *** ***, en representación de Serviland Gestión Urbanística, S. L., actuando esta última en nombre y representación del SAREB, S. A., a efectos de su tramitación y aprobación, y una vez negociado el mismo, mediante aprobación por mayoría absoluta del Pleno del Ayuntamiento de Cubas de la Sagra, habiéndose firmado por ambas partes con fecha 19 de diciembre de 2025 y que es del tenor literal que se transcribe a continuación, omitiendo los datos confidenciales:

«En relación con el expediente número 1297/2025 que se tramita para la aprobación de la propuesta de Convenio Urbanístico a suscribir con la Sociedad de Gestión de Activos Procedentes de la Reestructuración Bancaria Sociedad Anónima, SAREB, S. A., como propietaria única de las fincas registrales 1.185 y 5.014 a 5.033 (ambas inclusive) del Registro de la Propiedad de Fuenlabrada, número 2, situadas en el paraje de “La Torrecilla” del término municipal de Cubas de la Sagra, presentado por Don Mario Carlos *** ***, en representación de Serviland Gestión Urbanística, S. L., actuando esta última en nombre y representación del SAREB, S. A., y visto que mediante Resolución de Alcaldía número 2025-1589, de fecha 4 de noviembre de 2025, se aprobó su sometimiento al trámite de información pública por plazo de veinte días a contar desde el día siguiente al de publicación del correspondiente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 266, de fecha 7 de noviembre de 2025 y en el diario ABC de fecha 7 de noviembre de 2025.

Visto que durante el plazo referido no se han presentado alegaciones.

Vistos informes técnico número 221/2025, de fecha 23 de octubre de 2025 y jurídico número 092/2025, de fecha 1 de noviembre de 2025, al respecto sobre su adecuación al objeto y funciones previstas en la legislación urbanística de la Comunidad de Madrid, considerando que la modificación que se propone responde a los intereses públicos municipales en el ámbito urbanístico.

Por ello, de conformidad con lo establecido en el artículo 175 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, y de acuerdo con la previsión contenida al respecto en el artículo 247.4.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, esta Alcaldía eleva la siguiente:













Lo que se hace público para general conocimiento y efectos legales oportunos, informándose de que contra el precedente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el Ayuntamiento Pleno, conforme a lo dispuesto en el artículo 52.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, o cualquier otro recurso que se considere procedente, indicándose que la interposición de recurso no paraliza la ejecutividad del acuerdo.

En Cubas de la Sagra, a 13 de febrero de 2026.—El alcalde-presidente, Antonio Naranjo Martín.

(01/1.405/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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