Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 51

Fecha del Boletín 
02-03-2026

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260302-37

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ DE HENARES

RÉGIMEN ECONÓMICO

37
Alcalá de Henares. Régimen económico. Padrón fiscal

Anuncio de aprobación del padrón de la tasa por instalación de cajeros automáticos en las fachadas de los inmuebles con acceso directo desde la vía pública del ejercicio de 2026.

Habiéndose aprobado por resolución del Órgano de Gestión Tributaria, el padrón correspondiente a la tasa por instalación de cajeros automáticos en las fachadas de los inmuebles con acceso directo desde la vía pública del ejercicio de 2026, se hace público que:

Los recibos se notificarán colectivamente mediante la publicación de anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como a través de edictos que lo adviertan, todo ello, a tenor de lo dispuesto en el artículo 102.3 de la vigente Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. El padrón se expondrá al público por un plazo de 15 días, a contar desde el siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El plazo de pago en período voluntario será del 10 de marzo de 2026 al 12 de mayo de 2026. Si el último día del plazo de pago es inhábil, esté finalizará el inmediato día hábil posterior.

Una vez transcurrido el plazo de ingreso, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y devengarán el recargo ejecutivo correspondiente, y en su caso, las costas del procedimiento de apremio y los intereses de demora que se produzcan.

Los recibos podrán abonarse en cualquiera de las entidades colaboradoras que figuran en los propios recibos, en su horario de apertura al público, o por cualquiera de los otros métodos de pago que figuran en los mismos.

Contra dichos recibos se podrá interponer, ante el órgano de Gestión Tributaria de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de finalización del periodo voluntario de pago, recurso potestativo de reposición previo a la reclamación económico-administrativa o bien, directamente, reclamación económico-administrativa, que se resolverá por el Tribunal Económico-Administrativo Municipal del Ayuntamiento de Alcalá de Henares, teniendo carácter preceptivo para poder interponer, en su caso, el recurso contencioso-administrativo ante la Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Madrid.

Alcalá de Henares, a 19 de febrero de 2026.—El tesorero, titular del Órgano de Gestión, Jaime Álvarez de Toledo Jaén.

(01/2.670/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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