Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 51

Fecha del Boletín 
02-03-2026

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260302-50

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE CUBAS DE LA SAGRA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

50
Cubas de la Sagra. Organización y funcionamiento. Delegación funciones

El alcalde, con fecha 17-2-2026, ha dictado la resolución 2026-0222, que literalmente dice así:

“Antecedentes:

1. Con fecha 17/2/2026, el alcalde-presidente de este Ayuntamiento, D. Antonio Naranjo Martín, se encuentra en situación de baja médica por enfermedad derivada de intervención quirúrgica, con una duración estimada de 3 semanas, lo que imposibilita temporalmente el ejercicio ordinario de sus atribuciones.

D.a Tania Sánchez Martín, concejala de este Ayuntamiento, ostenta la condición de primer teniente de alcalde en virtud de Decreto de Alcaldía anexo a este expediente, que se encuentra vigente y determina el orden de sustitución.

2. Resulta necesario articular, con carácter inmediato y por el tiempo estrictamente imprescindible, la sustitución temporal de la Alcaldía a fin de asegurar la continuidad en la dirección del gobierno y la administración municipal, la firma de actos y resoluciones, así como la adecuada tramitación de los expedientes municipales.

Fundamentos:

3. Corresponde a los tenientes de alcalde sustituir al alcalde, en la totalidad de sus funciones y por el orden de su nombramiento, en los casos de ausencia, enfermedad o impedimento; y, en tales supuestos, las funciones del alcalde no podrán ser asumidas sin expresa delegación, con los requisitos reglamentarios, sin perjuicio de los supuestos excepcionales previstos para ausencias superiores a veinticuatro horas o imposibilidad imprevista (Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, articulo 47).

La delegación de atribuciones debe realizarse mediante decreto de la Alcaldía, debe darse cuenta al Pleno en la primera sesión que celebre, y las resoluciones que se adopten por delegación han de indicar expresamente esta circunstancia, considerándose dictadas por el órgano delegante a efectos de recursos.

Decreto

Primero. Sustitución temporal.—Durante el período de baja médica por enfermedad del alcalde-presidente D. Antonio Naranjo Martín, y desde el día 17/2/2026 hasta el día 10/3/2026 o, en su caso, hasta su efectiva reincorporación, **se confiere delegación ­expresa** a favor de D.a Tania Sánchez Martín, primer teniente de alcalde, para que **le sustituya en la totalidad de sus funciones** y ejerza las atribuciones propias de la Alcaldía-Presidencia mientras subsista la causa que motiva la sustitución.

Segundo. Efectos.—La presente delegación/sustitución surtirá efectos desde el día mismo día al de la firma de este decreto, y se mantendrá vigente mientras persista la situación de baja médica/impedimento médico indicado, quedando automáticamente sin efecto en el momento de la reincorporación del alcalde o por revocación expresa.

Tercero. Forma de ejercicio y constancia en los actos.—En todas las resoluciones, decretos, oficios y demás actos administrativos que se dicten en virtud de esta sustitución deberá hacerse constar de forma expresa la circunstancia de su adopción **por sustitución/delegación de la Alcaldía**, indicándose el titular del órgano y la persona que ejerce temporalmente sus funciones, considerándose en todo caso dictados por el órgano delegante a los efectos procedentes, incluidos los recursos.

Cuarto. Límites durante la sustitución.—La teniente de alcalde que asume temporalmente las funciones de Alcaldía, por razón de enfermedad, no podrá revocar las delegaciones que el Alcalde hubiera otorgado con anterioridad, manteniéndose el régimen de delegaciones vigente con la única finalidad de garantizar la continuidad del funcionamiento municipal.

Quinto. Notificación interna.—Notifíquese el presente decreto a D.a Tania Sánchez Martín, y dese traslado para su conocimiento y efectos a Secretaría General, Intervención, Tesorería y a las áreas/servicios municipales, a fin de asegurar la plena operatividad de la firma y tramitación durante el período de sustitución.

Sexto. Publicación y dación de cuenta.—Publíquese el presente decreto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y, en el tablón de anuncios municipal; y dese cuenta al Pleno del Ayuntamiento en la primera sesión que celebre tras la firma del presente”.

En Cubas de la Sagra, a 18 de febrero de 2026.—La primer teniente de alcalde, por sustitución/delegación de la Alcaldía, Tania Sánchez Martín.

(03/2.659/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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