Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 51

Fecha del Boletín 
02-03-2026

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260302-51

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE CUBAS DE LA SAGRA

RÉGIMEN ECONÓMICO

51
Cubas de la Sagra. Régimen económico. Calendario fiscal

La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 11 de febrero de 2026, aprobó por unanimidad de sus miembros el calendario tributario para el ejercicio 2026 en período voluntario (sin perjuicio de modificaciones producidas por cuestiones técnicas, que serán debidamente publicadas en su caso), estableciendo los siguientes períodos de cobranza:

Del 1 de junio al 31 de julio de 2026 (ambos inclusive):

— Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica.

— Tasa de conservación del cementerio municipal.

— Tasa por reserva de aparcamiento.

— Licencias de autotaxi.

— Tasa por anuncios no instalados sobre vías de dominio público (vallas publicitarias).

— Tasa de huertos urbanos.

— Tasa por la prestación del Servicio de Recogida de Residuos.

Del 1 de septiembre al 31 de octubre de 2026 (ambos inclusive):

— Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana y rústica.

— Impuesto sobre actividades económicas.

El período de cobranza de la tasa por utilizaciones privativas y aprovechamientos especiales del dominio público (mercadillo municipal) será:

— En los cinco primeros días de cada semestre.

Transcurridos los plazos señalados, se procederá al cobro de los recibos que no hayan sido satisfechos en período voluntario por la vía de apremio con los incrementos en concepto de recargos, intereses y costas que procedan.

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Cubas de la Sagra, a 18 de febrero de 2026.—La primera teniente de alcalde, Tania Sánchez Martín, por sustitución/delegación de la Alcaldía.

(01/2.668/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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