Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 52

Fecha del Boletín 
03-03-2026

Sección 1.3.105.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260303-28

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE DIGITALIZACIÓN

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ORDEN 37/2026, de 26 de febrero, de la Consejería de Digitalización, por la que se incrementa el importe del crédito disponible de la convocatoria 2025 de las subvenciones aprobadas mediante la Orden 143/2025, de 30 de mayo, de la Consejería de Digitalización, por la que se modifica la Orden 102/2024, de 12 de agosto, por la que se aprueban las bases reguladoras y convocatoria de las subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para la capacitación digital de los ciudadanos en el marco del Plan de Capacitación Digital de los Ciudadanos de la Comunidad de Madrid 2022-2025 y del Componente 19 Inversión 1 “Plan Nacional de Competencias Digitales (Digital Skills)”, con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Gobierno de España (financiado por la Unión Europea) Nextgenerationeu, para el año 2024; y se aprueba su convocatoria para 2025.

El 20 de junio de 2025 se publicó en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID la Orden 143/2025, de 30 de mayo, de la Consejería de Digitalización, por la que se modifica la Orden 102/2024, de 12 de agosto, por la que se aprueban las bases reguladoras y convocatoria de las subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para la capacitación digital de los ciudadanos en el marco del Plan de Capacitación Digital de los Ciudadanos de la Comunidad de Madrid 2022-2025 y del Componente 19 Inversión 1 “Plan Nacional de Competencias Digitales (Digital Skills)”, con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Gobierno de España (financiado por la Unión Europea) Next Generation EU, para el año 2024; y se aprueba su convocatoria para 2025.

La Orden 261/2025, de la Consejería de Digitalización, de 3 de septiembre, declaró el importe final comprometido de la convocatoria 2024 de las subvenciones aprobadas mediante la Orden 102/2024, de 12 de agosto, por un importe de 2.859.011,70 euros.

Así, de la ejecución presupuestaria de la citada Orden 102/2024, resultó un crédito no comprometido de 389.988,30 euros.

Mediante la Orden 268/2025, de 9 de septiembre, se incrementó el importe de la convocatoria 2025, establecida por la Orden 143/2025, de 30 de mayo, en el importe de 389.988,30 euros, correspondiente al crédito no comprometido mencionado en el párrafo anterior.

Por tanto, el importe de la convocatoria 2025 ascendió a 3.000.000,00 euros, más 389.988,30 euros, resultando una cifra de 3.389.988,30 euros.

Paralelamente, en la ejecución posterior de la convocatoria 2024 de las subvenciones de referencia, y que conforme a la arriba citada Orden 261/2025, tenían un importe final comprometido de 2.859.011,70 euros, se han venido realizando por parte de los interesados las oportunas justificaciones previas al pago.

No obstante lo anterior, esto supuso la emisión de órdenes de pérdidas parciales y totales de derecho al cobro, así como de aceptación de renuncias a subvenciones concedidas, todos ellos imputables a la convocatoria de 2024, y cuyo montante asciende a 397.785,90 euros, por lo que se libera nuevo crédito que debe incorporarse a la convocatoria de 2025.

Por ello, se dictó la Orden 703/2025, de 4 de diciembre, de la Consejería de Digitalización, que relaciona dichas pérdidas de derecho al cobro y renuncias, y declara un nuevo importe final comprometido de la Convocatoria 2024 de las subvenciones aprobadas mediante la Orden 102/2024; y así:

— El importe final comprometido de la convocatoria 2024, conforme a la Orden 261/2025, ascendió a 2.859.011,70 euros.

— El vigente importe final comprometido de la convocatoria 2024, conforme a la Orden 703/2025, asciende a 2.859.011,70 – 397.785,90 euros (importe de pérdidas de derecho al cobro y renuncias) = 2.461.225,80 euros.

Conforme la disposición adicional única de la Orden 143/2025, de 30 de mayo, mediante orden de la Consejería de Digitalización se podrá incrementar el importe de la convocatoria de estas subvenciones para el ejercicio 2025 con el crédito restante no comprometido que pudiera resultar de la ejecución de la convocatoria de 2024.

Como quiera que en la actualidad, existe en la partida presupuestaria G/928M/48099 un crédito disponible de 142.142,81, procede incrementar dicho importe en la convocatoria 2025.

A su vez, procede dejar sin efecto la Orden 261/2025, de la Consejería de Digitalización, en la medida que la Orden 703/2025, de 4 de diciembre, ha establecido el crédito final comprometido de la convocatoria 2024, pero no dejó sin efecto la Orden 261/2025.

Igualmente, procede dejar sin efecto la Orden 268/2025, de 9 de septiembre, de la Consejería de Digitalización, en la medida que esta orden establece un nuevo importe final de la convocatoria 2025 de estas subvenciones.

En virtud de lo anterior,

RESUELVO

Primero

Incrementar el importe de la convocatoria establecida en la Orden 143/2025, de 30 de mayo, de la Consejería de Digitalización, por la que se modifica la Orden 102/2024, de 12 de agosto, por la que se aprueban las bases reguladoras y convocatoria de las subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para la capacitación digital de los ciudadanos en el marco del Plan de Capacitación Digital de los Ciudadanos de la Comunidad de Madrid 2022-2025 y del Componente 19 Inversión 1 “Plan Nacional de Competencias Digitales (Digital Skills)”, con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Gobierno de España (financiado por la Unión Europea) Next Generation EU, para el año 2024; y se aprueba su convocatoria para 2025, en la cuantía de 142.142,81 euros.

El citado importe fue incrementado mediante la Orden 268/2025, de 9 de septiembre, de la Consejería de Digitalización, a una cuantía de 3.389.988,30 euros, ascendiendo por tanto el nuevo importe final de dicha convocatoria a 3.532.131,11 euros.

Segundo

Dejar sin efecto la Orden 261/2025, de 3 de septiembre, de la Consejería de Digitalización.

Tercero

Dejar sin efecto la Orden 268/2025, de 9 de septiembre, de la Consejería de Digitalización.

Madrid, a 26 de febrero de 2026.—El Consejero de Digitalización, Miguel López-Valverde Argüeso, P. D. (Orden 47/2024, de 1 de abril; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 16 de abril), el Director General de Estrategia Digital, Ignacio Julen Azorín González.

(03/3.175/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.105.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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