Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 52

Fecha del Boletín 
03-03-2026

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260303-63

Páginas: 11


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN FERNANDO DE HENARES

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

63
San Fernando de Henares. Organización y funcionamiento. Reglamento Canal Interno

Por acuerdo del Pleno, de fecha 20 de noviembre de 2025, se aprobó definitivamente el Reglamento de Funcionamiento del Canal Interno de Información del Ayuntamiento de San Fernando de Henares, lo que se publica a los efectos de los artículos 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

ACUERDO

Primero.—Desestimar en su totalidad las alegaciones presentadas con fecha 20 de mayo de 2025, con número de entrada de Registro General E2025005409, por parte de D.a Ana Isabel Luque Morales, contra la aprobación inicial del Reglamento de Funcionamiento del Canal Interno de Información del Ayuntamiento de San Fernando de Henares, por los motivos expuestos en el informe sobre las alegaciones formuladas al Reglamento Regulador del Canal Interno de Información, emitido por los miembros que conforman la Comisión encargada del Canal de Información, con fechas 8 y 11 de agosto de 2025 y 1 de septiembre de 2025.

Segundo.—Aprobar definitivamente el Reglamento de Funcionamiento del Canal Interno de Información y mantener el articulado y el texto del Reglamento de Funcionamiento del Canal Interno de Información, con el mismo contenido inicial sin modificación alguna.

Tercero.—Publicar el texto íntegro del Reglamento en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.



















San Fernando de Henares, a 19 de febrero de 2026.—La concejala-delegada de Recursos Humanos y Régimen Interior, Modernización, Seguridad, Emergencias y Tráfico, Participación Ciudadana, Empleo, Formación y Comercio, Leticia Martín García.

(03/2.747/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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