Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 52

Fecha del Boletín 
03-03-2026

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260303-67

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SEVILLA LA NUEVA

OFERTAS DE EMPLEO

67
Sevilla la Nueva. Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo

Habiéndose aprobado por la resolución de Junta de Gobierno Local n.o JGL/2026/3, de fecha 26 de febrero de 2026, las bases y la convocatoria para cubrir cuatro plazas con la categoría de policía local del municipio de Sevilla la Nueva, mediante sistema de concurso-oposición, se abre el plazo de presentación de solicitudes que será de 20 días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el “Boletín Oficial del Estado”.

Las bases estarán publicadas íntegramente en el tablón de anuncios de la sede electrónica de este Ayuntamiento (dirección https://sevillalanueva.sedelectronica.es/board/ ]

Los sucesivos anuncios de esta convocatoria, cuando procedan de conformidad con las bases, se publicarán en la sede electrónica del este Ayuntamiento (dirección https://sevillalanueva.sedelectronica.es/board/ ).

Contra las presentes bases, que ponen fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante el Alcaldía de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, si éste radica en Madrid en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.

Sevilla la Nueva, a 27 de febrero de 2026.—El alcalde-presidente, Asensio Martínez Agraz.

(01/3.150/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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