Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 53

Fecha del Boletín 
04-03-2026

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260304-61

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BRUNETE

URBANISMO

61
Brunete. Urbanismo. Plan especial

La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Brunete, en sesión celebrada el 18 de febrero de 2026, adoptó el siguiente acuerdo:

Primero.—Aprobar inicialmente el Plan Especial redactado de oficio por los servicios técnicos municipales, en los términos que constan en el expediente con el debido diligenciado por la Secretaría de la entidad.

Segundo.—Someter el expediente y, por consiguiente, los documentos de plan especial a información pública por plazo de un mes, de conformidad con lo establecido en los artículos 57 y 59 de la ley 9/2001, de 17 de julio, mediante anuncio en el tablón de anuncios, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en uno de los diarios de mayor difusión de la Comunidad. Durante dicho período quedará el expediente de manifiesto en el departamento de urbanismo del Ayuntamiento de Brunete, en horario de atención al público, de lunes a viernes, de 10:00 a 13:00 horas. En dicho plazo, igualmente los interesados podrán formular las alegaciones que tengan por conveniente para la defensa de sus derechos e intereses.

Tercero.—Suspender el otorgamiento de aprobaciones, autorizaciones y licencias urbanísticas en las áreas en las que las nuevas determinaciones para ellas previstas supongan modificación del régimen urbanístico vigente. La duración de la suspensión comprende el plazo de tres meses. Circunscribiéndose al ámbito de la parcela concreta exclusivamente.

Cuarto.—Ordenar la interrupción del procedimiento de otorgamiento de las referidas licencias, y notificar este acuerdo personalmente a quienes tuviesen presentadas solicitudes de licencia con anterioridad a la fecha del mismo.

Quinto.—Comunicar personalmente la apertura y duración del trámite de información pública a los propietarios de terrenos comprendidos en el ámbito del plan especial. El llamamiento se realizará a cuantos figuren como propietarios en el Registro de la Propiedad y en el Catastro.

Sexto.—Requerir los informes, dictámenes u otro tipo de pronunciamientos de los órganos y entidades administrativas gestoras de intereses públicos afectados, previstos legalmente como preceptivos, que deberán ser emitidos en esta fase de tramitación del Plan Especial y en los plazos que establezca la legislación sectorial correspondiente.

Brunete, a 23 de febrero de 2026.—La alcaldesa-presidenta, María del Mar Nicolás Robledano.

(03/2.835/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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