Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 57

Fecha del Boletín 
09-03-2026

Sección 1.3.200.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260309-12

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

UNIVERSIDAD DE ALCALÁ

12
EXTRACTO del Acuerdo de la Comisión de Investigación de la Universidad de Alcalá de 25 de febrero de 2026, por el que se convocan las Ayudas de Movilidad de Personal Investigador en Formación 2026.

BDNS: 890113

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ):

Primero

Beneficiarios

— Personal Investigador Predoctoral en Formación, regulado por el artículo 21 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, contratados por la Universidad de Alcalá.

— Personal investigador contratado, matriculado en un Programa de Doctorado en la UAH, para la realización de un proyecto de investigación que haya disfrutado de al menos 12 meses de contrato en la UAH a fecha de finalización del plazo de solicitudes en los dos últimos años, y con una dedicación a la UAH durante todo este tiempo de al menos el 50 %.

— Estudiantes de doctorado al amparo de un Convenio de Cotutela en la Universidad de Alcalá, cuya estancia temporal se realice principalmente en esta universidad y que soliciten la ayuda para desplazarse al país de cotutela (país de destino) desde la UAH (institución origen).

Segundo

Objeto

Potenciar la movilidad del Personal Investigador en Formación, como mejora del programa formativo y desarrollo de su tesis doctoral, incentivando estancias en centros extranjeros de reconocido prestigio, preferentemente en el Espacio Europeo de Investigación.

Tercero

Bases reguladoras

Bases Reguladoras Marco de la concesión de Becas y Ayudas a la Investigación por la Universidad de Alcalá:

https://www.uah.es/export/shared/es/investigacion/.galleries/documentos-...

Cuarto

Cuantía

El importe de la ayuda para viaje será hasta un máximo de 100 euros para desplazamientos a centros de España en localidad diferente a la que tenga el investigador como residencia o lugar de trabajo, de hasta 250 euros para viajes a países europeos, y de hasta 600 euros al resto del mundo.

El importe de la ayuda para la estancia será de hasta 500 euros.

El importe total de esta convocatoria es de 60.000 euros.

Esta convocatoria se financia con cargo a la aplicación presupuestaria 30400M000.541.A645.07 cofinanciada por el Banco Santander.

Quinto

Plazo y presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes permanecerá abierto a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID hasta el 25 de marzo de 2026, ambos inclusive.

Las solicitudes se presentarán a través de la opción ‘Convocatorias’ disponible en el Portal del Personal Investigador.

Sexto

Otros datos

Las estancias susceptibles de ayuda tendrán una duración mínima de 2 mes y máxima de 3 meses, pudiendo ser de 6 meses en el caso de que el solicitante esté realizando una tesis doctoral en cotutela. Las estancias deberán haberse iniciado después del día 1 de enero de 2026 y antes del 31 de diciembre del 2026 y ser disfrutadas dentro del período de vinculación del interesado con la UAH (la fecha de finalización de la estancia de investigación deberá ser la misma o anterior a la fecha fin de la vinculación con la UAH).

Séptimo

Adjudicaciones y criterios de selección

Las solicitudes serán evaluadas de acuerdo con los siguientes criterios:

a) El impacto en la mejora de la formación del personal investigador o de la investigación del proyecto para el que se concede la ayuda en base a criterios como el objeto de la estancia, la duración, la idoneidad y la calidad del centro de destino.

b) Que dentro de los objetivos de la estancia esté mejorar el programa formativo y el desarrollo de la tesis doctoral del beneficiario.

Sólo se concederá una ayuda por persona y año natural.

Alcalá de Henares, a 25 de febrero de 2026.—El Vicerrector de Investigación y Transferencia de la Universidad de Alcalá, F. Javier de la Mata de la Mata.

(03/3.217/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.200.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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