Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 57

Fecha del Boletín 
09-03-2026

Sección 1.4.109.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260309-21

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR

21
RESOLUCIÓN de 16 de febrero de 2026, de la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se inicia el procedimiento de desafectación de 13.382,81 m.2 de terrenos de la vía pecuaria “Cañada Real Segoviana” del término municipal de Collado Villalba para posterior permuta.

Examinada la solicitud de desafectación y permuta de terrenos de la vía pecuaria “Cañada Real Segoviana” en el término municipal de Collado Villalba, se desprenden los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero

Las vías pecuarias del término municipal de Collado Villalba se encuentran clasificadas por Orden Ministerial de 8 de mayo de 1930.

La Cañada Real Segoviana se encuentra afectada por la segunda modificación de la Clasificación aprobada por Orden Ministerial de 23 de mayo de 1950, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Madrid de 6 de junio del mismo año y en el “Boletín Oficial del Estado” de 1 de junio de 1950 y por la tercera modificación de la Clasificación aprobada por Orden Ministerial de 30 de septiembre de 1975, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Madrid de 13 de enero de 1976 y en el “Boletín Oficial del Estado” de 12 de noviembre de 1975.

Así mismo, las vías pecuarias del término municipal de Collado Villalba se encuentran deslindadas, amojonadas y parceladas mediante Resolución de 14 de agosto de 1951 de la Dirección General de Ganadería, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Madrid de 5 de diciembre de 1951.

Segundo

Con fecha de registro de entrada 3 de abril de 2025 tiene entrada escrito del Ayuntamiento de Collado Villalba dando traslado del Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 27 de marzo de 2025, en el que se acuerda solicitar la desafección para su posterior permuta de terrenos de la vía pecuaria “Cañada Real Segoviana” en el ámbito del hospital de dicho término municipal. Tras requerimientos de documentación, se presenta propuesta final con fecha de registro 15 de julio de 2025.

Tercero

Por Resolución de la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación de 5 de diciembre de 2025, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 3, de fecha 5 de enero de 2026, se acuerda el inicio del procedimiento de desafectación y permuta de terrenos de la vía pecuaria “Cañada Real Segoviana” del término municipal de Collado Villalba.

Por Resolución de 4 de febrero de 2026 se corrige el error advertido en la Resolución de 5 de diciembre de 2025, de esta Dirección General, por la que se inicia el procedimiento de desafectación y permuta de la vía pecuaria “Cañada Real Segoviana” del término municipal de Collado Villalba.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero

La Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias establece en su artículo 11 la posibilidad de variar o desviar el trazado de las vías pecuarias, previa desafectación, siempre que se asegure el mantenimiento de la integridad superficial, la idoneidad de los itinerarios y de los trazados, junto con la continuidad del tránsito ganadero y de los demás usos compatibles y complementarios con aquel.

Segundo

El artículo 20 de la Ley 8/1998, de 15 de junio, de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid regula la desafectación.

Así mismo, los artículos 19 y siguientes del Decreto 7/2021, de 27 de enero, del Consejo de Gobierno, regulan el procedimiento de desafectación.

Tercero

El plazo para resolver el procedimiento administrativo de desafectación será de un año a partir de la resolución de inicio, tal y como establece el artículo 21 del referido Decreto 7/2021, de 27 de enero, del Consejo de Gobierno.

Cuarto

La competencia para la desafectación es del Consejo de Gobierno, de conformidad con el artículo 2.1.b) del citado Decreto 7/2021, de 27 de enero, del Consejo de Gobierno.

En virtud de los antecedentes y fundamentos anteriores, en el ejercicio de las competencias atribuidas en el Decreto 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid y el Decreto 235/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior.

RESUELVO

Primero

Acordar el inicio del procedimiento de Desafectación de 13.382,81 m2 de terrenos de la vía pecuaria “Cañada Real Segoviana” del término municipal de Collado Villalba, para su posterior permuta

El presente acto de incoación de este procedimiento administrativo tiene carácter de acto de trámite, sin las consideraciones recogidas en el artículo 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, por lo que no es susceptible de impugnación independiente, no procediendo la presentación de recurso administrativo alguno contra el mismo.

Madrid, a 16 de febrero de 2026.—El Director General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, Ángel Enrique de Oteo Mancebo.

(03/3.056/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.109.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260309-21