Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 60

Fecha del Boletín 
12-03-2026

Sección 1.3.111.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260312-21

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE

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EXTRACTO de la Orden 2561/2025, de 2 de diciembre, del Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas a entidades locales de la Comunidad de Madrid en materia de archivos correspondiente al año 2026.

BDNS (Identif.): 890778

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ):

Primero

Beneficiarios

Las Entidades Locales de la Comunidad de Madrid que cumplan, además de los requisitos generales exigidos en el apartado 1 del dispongo tercero de la convocatoria, los requisitos específicos de la línea de actuación correspondiente.

Segundo

Objeto

El objeto de esta convocatoria es la realización de actuaciones en materia de archivos. La línea de actuación específica de este extracto es la de digitalización y/o microfilmación de fondos documentales históricos (línea e), cuyos requisitos específicos son los siguientes:

a) Las Entidades locales deberán tener personal técnico archivero. No obstante, aquellas Entidades locales que tengan menos de 10.000 habitantes y no dispongan de personal técnico archivero podrán acceder a esta línea de subvención siempre que tengan organizados los fondos objeto de digitalización y/o microfilmación. Para ello, habrán de aportar el documento de control.

b) Las Entidades Locales tendrán que disponer de instalaciones adecuadas para la conservación y custodia de los documentos. La determinación del cumplimiento de este requisito deberá ser comprobado por el personal técnico de la Subdirección General competente en materia de Archivos, Gestión de Documentos y Patrimonio Documental.

c) Los documentos que vayan a ser objeto de digitalización y/o microfilmación deberán disponer de un documento de control, cuyo contenido mínimo se especifica en el artículo 4.13.c) de las bases reguladoras.

Tercero

Bases reguladoras

Las bases reguladoras de las ayudas se establecieron en la Orden 43/2024, de 22 de enero, del Consejero de Cultura, Turismo y Deporte (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 32, de 7 de febrero).

Cuarto

Cuantía

50.000,00 euros.

Quinto

Plazo de presentación de solicitudes

Catorce días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación del presente extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. El texto íntegro de la convocatoria se publicará en el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones.

Sexto

Relaciones entre Comunidad de Madrid e interesados

1. La Administración se relacionará de forma electrónica con los interesados, por lo que las notificaciones se realizarán a través de medios electrónicos. A tal efecto, el solicitante está obligado a estar dado de alta en el servicio de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid, disponible en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid (sede.comunidad.madrid).

2. Las sucesivas notificaciones, relativas a los actos integrantes del procedimiento de concesión, se publicarán en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid (sede.comunidad.madrid).

Séptimo

Pago y justificación

1. El pago de las ayudas se efectuará con posterioridad a la justificación de la aplicación de los fondos al fin para el que se concedió la subvención y previa aportación de la totalidad de documentos indicados en la Orden de la Convocatoria.

2. El plazo para la presentación de la documentación justificativa de la subvención y el resto de documentos indicados en el dispongo décimo de la Orden de convocatoria finaliza el 31 de octubre de 2026.

Madrid, a 2 de diciembre de 2025.

El Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, MARIANO DE PACO SERRANO

(03/3.464/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.111.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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