Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 60

Fecha del Boletín 
12-03-2026

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260312-79

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN SEBASTIÁN DE LOS REYES

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

79
San Sebastián de los Reyes. Organización y funcionamiento. Delegación funciones

Mediante decreto número 1305, de delegación de atribuciones por ausencia, de fecha 2 de marzo de 2026, esta Alcaldía ha resuelto:

Primero.—Establecer la siguiente pauta de interpretación para el ejercicio de las competencias delegadas por decreto de Alcaldía n.o 2023/3362, de 19 de junio, a favor del titular de la Concejalía-Delegada de Desarrollo Urbano:

1. La delegación efectuada en materia de calificaciones urbanísticas consistente en “la tramitación e informes de expedientes de calificación urbanística” comprenderá todos los actos de trámite y resolución cuya competencia corresponda a la Alcaldía, todo ello de conformidad con el artículo 148.1.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, quedando también comprendidos aquellos actos y acuerdos tendentes a la resolución de errores, omisiones, alegaciones, recursos administrativos de reposición, y demás que integran el procedimiento administrativo para el ejercicio de la citada competencia.

Segundo.—Modificar el decreto de Alcaldía n.o 2023/3362, de 19 de junio, relativo al punto II “Ordenación del territorio”, ampliando la delegación de atribuciones, quedando con la siguiente redacción:

II. Ordenación del territorio.

j) Establecer, en coordinación con esta Alcaldía, los criterios de planificación urbanística y las directrices generales de futuras modificaciones o revisiones del Plan General de Ordenación Urbana.

k) Fijar los criterios de la ordenación urbanística en propuestas de sectorización y su tramitación.

l) Proponer medidas de seguimiento y control de la gestión de instrumentos de planeamiento aprobados por los Órganos municipales competentes.

m) Aprobar inicialmente los planes parciales o especiales cuando la competencia esté atribuida a la Alcaldía, todo ello de conformidad con el artículo 59.2 y 4 de la Ley 9/2001 de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

Tercero.—Proceder a la transcripción de este decreto al libro correspondiente.

Cuarto.—Dar cuenta del presente decreto al Pleno en la primera sesión que celebre, a fin de que se dé por enterado.

Quinto.—El presente decreto surtirá efectos desde la fecha de su adopción, sin perjuicio de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de edictos.

San Sebastián de los Reyes, a 3 de marzo de 2026.—La alcaldesa-presidenta, Lucía Soledad Fernández Alonso.

(03/3.297/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260312-79