Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 61

Fecha del Boletín 
13-03-2026

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260313-50

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE LAS ROZAS DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Las Rozas de Madrid. Régimen económico. Precios públicos

El Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el día 19 de febrero de 2026, adoptó el acuerdo de aprobación de los siguientes precios públicos correspondientes a los festejos taurinos a celebrar en el Centro Multiusos Alcalde Bonifacio de Santiago, que estarán vigentes hasta tanto no se proceda a la modificación de los mismos:

— Corridas de toros, rejones o mixtas: entrada general: 20,00 euros; barrera: 40,00 euros; contrabarrera: 30,00 euros.

— Novilladas con picadores: entrada general, 10,00 euros; barrera: 20,00 euros; contrabarrera: 15,00 euros.

— Novilladas sin picadores: entrada general: 7,00 euros; barrera: 15,00 euros; contrabarrera: 10,00 euros.

— Concurso de recortes: precio único: 5,00 euros.

Siempre que se celebren dos o más festejos consecutivos, sean de la modalidad que sean, se podrá elaborar un abono conjunto por un precio descontado de hasta un 30 % sobre la suma total del precio público de cada evento. Descuentos sobre los precios de la entrada general: 20 % sobre el precio de las entradas para las peñas de la localidad; jubilados, niños hasta 14 años y familias numerosas, un 40% sobre el precio de la entrada.

Lo que se hace público para general conocimiento, advirtiéndose que dicho acuerdo pone fin a la vía administrativa, pudiendo no obstante interponer contra el mismo recurso de reposición, ante el Pleno del Ayuntamiento, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en la forma y bajo las condiciones prescritas en el artículo 14 del Real Decreto-legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales. Contra la resolución del recurso de reposición no puede interponerse de nuevo el mismo recurso, pudiendo entonces los interesados interponer directamente el recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de reparto del Partido Judicial de Madrid. Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente.

Las Rozas de Madrid, a 3 de marzo de 2026.—El concejal-delegado de Hacienda y Fiestas, Enrique González Gutiérrez.

(01/3.331/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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