Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 64

Fecha del Boletín 
17-03-2026

Sección 1.2.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260317-1

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

1
ORDEN de 2 de marzo de 2026, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se procede al nombramiento de vocales del Observatorio para la Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid.

El Gobierno de la Comunidad de Madrid tiene como objetivo prioritario mejorar las condiciones de vida, seguridad y salud de los trabajadores.

Con este propósito se creó mediante Decreto 81/2006, de 19 de octubre, del Consejo de Gobierno, el Observatorio para la Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid, como órgano colegiado para la consulta y el asesoramiento en materia de prevención de riesgos laborales de la Comunidad de Madrid, cuya función es la de promover y ejecutar los estudios y propuestas que en materia preventiva se le encomienden.

Y todo ello con la finalidad de difundir e implantar la cultura de la prevención, como medio indispensable para la consecución de la reducción de las indeseadas cifras de siniestralidad laboral.

El Observatorio para la Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid es un foro abierto a los interlocutores sociales más representativos en la Región, que participan activamente en la materia, mediante la aprobación y ejecución del Plan director de prevención de riesgos laborales de la Comunidad de Madrid. También se consideró conveniente abrirlo a la participación de otros expertos de reconocido prestigio en el ámbito de la seguridad y salud en el trabajo.

En concreto el artículo 6 del Decreto 81/2006, de 19 de octubre, establece la composición del Observatorio para la Prevención de Riesgos Laborales y señala que estará integrado por el Presidente, el Vicepresidente, el Secretario y 19 Vocales.

El presidente será el titular de la Consejería competente en materia de prevención de riesgos laborales. En caso de vacante, ausencia, enfermedad u otra causa legal, será sustituido por el Vicepresidente.

El Vicepresidente será el titular de la Gerencia del Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Por su parte el apartado 4 del citado artículo 6 establece que tendrán la consideración de Vocales:

a) El titular de la Dirección General con competencias en Trabajo en la Comunidad de Madrid.

b) El titular de la Dirección General con competencias en Salud Pública en la Comunidad de Madrid.

c) El titular de la Dirección General con competencias en Industria, Energía y Minas en la Comunidad de Madrid.

d) El titular de la Dirección General con competencias en Estadística de la Comunidad de Madrid.

e) El titular de la Dirección General con competencias en Centros de Formación Profesional en la Comunidad de Madrid.

f) Un representante de la Consejería competente en materia de educación, con rango mínimo de Subdirector General, designado por el titular de la citada Consejería.

g) El titular de la Secretaría General del Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo.

h) Cuatro representantes de las organizaciones sindicales que tengan la condición legal de más representativas en el territorio de la Comunidad de Madrid.

i) Cuatro representantes de las organizaciones empresariales que tengan la condición legal de más representativas en el territorio de la Comunidad de Madrid.

j) Cuatro expertos de reconocido prestigio en materia de prevención de riesgos laborales.

Asimismo, el apartado sexto del artículo 6 establece que el nombramiento y cese de los Vocales pertenecientes a organizaciones sindicales y empresariales se efectuará mediante Orden del titular de la Consejería de Empleo y Mujer, a propuesta de las respectivas organizaciones a las que representen.

Y el apartado séptimo del citado artículo 6 refiere que el nombramiento y cese de los Vocales expertos se efectuará mediante Orden del titular de la Consejería competente en materia de prevención de riesgos laborales, oídas las organizaciones sindicales y empresariales más representativas en el territorio de la Comunidad de Madrid.

En cumplimiento del apartado sexto y séptimo del artículo 6 citado, se dictaron la Orden 2597/2007, de 10 de septiembre, de la Consejería de Empleo y Mujer (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 25/9/2007), por la que se nombran Vocales del Observatorio para la Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid, la Orden 1476/2009, de 5 de junio (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 14/7/2009) por la que se nombran vocales del Observatorio para la Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid, la Orden 4824/2013, de 2 de agosto (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 25/9/2013) por la que se cesan y nombran vocales del Observatorio para la Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid y la Orden 17533/2014, de 25 de septiembre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 19/11/2014) de la Consejera de Empleo, Turismo y Cultura, por la que se cesa y nombra un vocal del Observatorio para la Prevención de Riesgos Laborales.

Teniendo en cuenta el tiempo transcurrido desde la publicación de las citadas ordenes de nombramiento de vocales del Observatorio para la Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid, resulta necesario actualizar los nombramientos de los vocales del citado órgano colegiado.

En su virtud, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 6 del Decreto 81/2006, de 19 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se creó el Observatorio para la Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid, y los artículos 41.l) y 50.3 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid,

RESUELVO

Primero

Vocales de las organizaciones empresariales que tienen la condición de más representativas en el territorio de la Comunidad de Madrid

Nombrar vocales del Observatorio para la Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid, en representación de las organizaciones empresariales que tienen la condición de más representativas en el territorio de la Comunidad de Madrid a:

— Don Felipe Díaz Martín, Secretario General de la Asociación de Empresarios de Alcobendas (AICA).

— Doña Vanesa Montero Villena, adjunta a presidencia de la Asociación de Empresas de la Construcción de Madrid, AECOM.

— Don Enrique Pedrero Balas, responsable del departamento de Recursos Humanos de la Asociación de Empresas de Industria y Comercio del Metal de Madrid, AECIM.

— Don Luis Méndez López, Director del Departamento de Asuntos Laborales de la Confederación Empresarial de Madrid.

Segundo

Vocales de las organizaciones sindicales que tienen la condición legal de más representativas en el territorio de la Comunidad de Madrid

Nombrar vocales del Observatorio para la Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid, en representación de las organizaciones sindicales que tienen la condición legal de más representativas en el territorio de la Comunidad de Madrid, a:

— Don Carlos Giménez Caminero, Secretario de Salud Laboral de la Confederación Sindical de Comisiones Obreras Madrid.

— Don David Jabato García Valenciano, Secretario de Acción Sindical y Jurídica de la Confederación Sindical de Comisiones Obreras Madrid.

— Doña Marta Prieto Poveda, Coordinadora de la Secretaria de Salud Laboral y Medio Ambiente, en representación de Unión General de Trabajadores-Madrid.

— Doña Marisa Rufino San José, Coordinadora de la Secretaria de Salud Laboral y Medio Ambiente, en representación de Unión General de Trabajadores-Madrid.

Tercero

Vocales expertos de reconocido prestigio en materia de prevención de riesgos laborales

Nombrar vocales del Observatorio para la Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid a los siguientes expertos de reconocido prestigio en materia de prevención de riesgos laborales:

— Doña Timanfaya Hernández Martínez, Decana del Colegio Oficial de la Psicología de Madrid.

— Doña Teresa del Campo Balsa, Vicepresidenta de la Asociación Española de Especialistas en Medicina del Trabajo.

— Don Jesús Rafael Mercader Uguina, Catedrático de Derecho del Trabajo y Seguridad Social de la Universidad Carlos III de Madrid.

— Don Ricardo Díaz Martín, Decano del Colegio Oficial de Químicos de Madrid.

Cuarto

Vocal representante de la Consejería competente en materia de educación

Nombrar a don Miguel José Zurita Becerril, Director General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, Ciencias y Universidades.

Quinto

Nombramientos anteriores

Dejar sin efecto las Órdenes de nombramiento de los Vocales del Observatorio para la Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid, efectuadas con anterioridad a la presente Orden.

Sexto

Eficacia

La presente Orden producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 2 de marzo de 2026.

La Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, ROCÍO ALBERT LÓPEZ-IBOR

(03/3.556/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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