Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 64

Fecha del Boletín 
17-03-2026

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260317-37

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias

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Madrid. Organización y funcionamiento. Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias. Junta de Gobierno

Acuerdo de 5 de marzo de 2026, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se modifican los Acuerdos de 29 de junio de 2023, de organización y competencias del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda y del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos.

Mediante acuerdos de 29 junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid se ha establecido la organización y competencias del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda y del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos.

El presente acuerdo tiene por objeto modificar parcialmente aquellos, en el sentido, de suprimir las menciones “empresa mixta” y “de economía mixta” de la referencia a las empresas municipales Mercados Centrales de Abastecimiento de Madrid, S. A. (MERCAMADRID), y Madrid Calle 30, S. A., que se encuentran en los citados acuerdos, ya que desde el 1 de enero de 2026 el capital social de ambas sociedades ha pasado a ser de titularidad íntegramente pública.

Asimismo, se procede a modificar el acuerdo de organización y competencias del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos para suprimir las competencias que la Dirección General de Conservación de Vías Públicas tenía en relación con la gestión del viario M-30, al carecer ya de estas competencias como consecuencia de la nueva configuración del servicio y de la extinción del contrato de gestión integral de la M-30 en el que tenía atribuidas las funciones correspondientes al responsable del contrato.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 17.1 h) y 17.2 de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, y en el artículo 19 del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Madrid, de 31 de mayo de 2004, a propuesta conjunta del titular del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, de la titular del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda y de la titular del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos, que eleva la Vicealcaldesa, y previa deliberación, la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su reunión de 5 de marzo de 2026,

ACUERDA

Primero.—Modificar el Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, en los términos que se indican a continuación:

Uno.—En el apartado 14.o, se modifican las letras b) y d) del punto 1.1, que quedan redactadas en los siguientes términos:

“b) Gestionar la explotación del tráfico de todo el viario M-30 y de los ramales de conexión a la misma, bien directamente o bien supervisando y coordinando la actuación de la empresa Madrid Calle 30, S. A., en esas materias, concediendo las autorizaciones de solicitudes de todo tipo de ocupaciones en el viario M-30 y de los ramales de conexión a la misma”.

“d) Conservar y mantener las instalaciones de control de la movilidad mediante paneles, cámaras y equipamientos complementarios del viario M-30 y sus ramales de conexión, bien directamente o bien coordinando y supervisando la actuación e inversiones de renovación de dichas instalaciones por la empresa Madrid Calle 30, S. A., en coordinación con el Área de Gobierno de Obras y Equipamientos”.

Dos.—En el apartado 15.o, se modifica la letra e) del punto 1.4, que queda redactada en los siguientes términos:

“e) Instalar, mantener y conservar los equipamientos municipales asociados a infraestructuras viarias y ferroviarias existentes encaminados a la reducción del impacto acústico, a excepción de los afectos a la empresa Madrid Calle 30, S. A.”.

Segundo.—Modificar el Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda, en los términos que se indican a continuación:

En el apartado 1.o, se modifica el punto 10, que queda redactado en los siguientes términos:

“10. Empresa Mercados Centrales de Abastecimiento de Madrid, S. A. (MERCAMADRID)”.

Tercero.—Modificar el Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos, en los términos que se indican a continuación:

Uno.—En el apartado 1.o, se modifica el punto 3, que queda redactado en los siguientes términos:

“3. Empresa “Madrid Calle 30, S. A.”.

Dos.—En el apartado 8.o, se suprime el punto 1.6, que queda sin contenido.

Cuarto.—Los procedimientos iniciados con anterioridad a la eficacia del presente acuerdo por órganos distintos de los competentes según este, se seguirán tramitando y se resolverán por los órganos que resulten competentes en virtud del nuevo reparto de competencias.

Quinto.—Quedan sin efecto cuantas disposiciones se opongan, contradigan o resulten incompatibles con lo establecido en el presente acuerdo.

Sexto.—Se faculta a la titular de la Coordinación General de la Alcaldía para resolver las dudas que pudieran surgir en la interpretación y aplicación del presente acuerdo.

Séptimo.—Se faculta a los titulares del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda y del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos, en sus respectivos ámbitos competenciales, a dictar los decretos precisos para el desarrollo y ejecución del presente acuerdo.

Octavo.—El presente acuerdo surtirá efectos desde la fecha de su adopción, sin perjuicio de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid”.

Noveno.—Del presente acuerdo se dará cuenta al Pleno, a fin de que quede enterado.

Madrid, a 5 de marzo de 2026.—La directora de la Oficina de la Secretaría de la Junta de Gobierno, Carmen Toscano Ramiro.

(03/3.512/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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