Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 66

Fecha del Boletín 
19-03-2026

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260319-56

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad

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Madrid. Régimen económico. Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto del decreto de 13 de marzo de 2026, del delegado del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, por el que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para la adquisición de vehículos destinados a la renovación de vehículos particulares (Cambia 360), correspondiente a la anualidad 2026.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/893246 ).

BDNS: 893246

Primero. Objeto

Se subvencionará la adquisición de vehículos automóviles tipo turismo (categoría M1), matriculados y sujetos al Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) en la ciudad de Madrid, que estén destinados al servicio particular de personas físicas residentes en la ciudad de Madrid, y cuenten con la categoría de clasificación ambiental «0 emisiones» o «ECO».

Segundo. Personas beneficiarias

Podrán obtener la condición de beneficiarias las personas físicas que a fecha de publicación de la presente convocatoria en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid” sean mayores de edad, tengan residencia en el municipio de Madrid acreditada a través de la inscripción en el padrón y presenten la solicitud de ayuda aportando la documentación requerida.

Igualmente, podrán adquirir la condición de beneficiarias las personas menores de edad que tengan reconocida por el órgano competente una discapacidad por movilidad reducida, debiendo suscribir la solicitud de subvención en su representación una de las personas que ostenten su patria potestad o tutela.

Tercero. Bases reguladoras

Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 de octubre de 2013 (OBRGS).

Cuarto. Procedimiento de concesión

Se seguirá el procedimiento simplificado de concurrencia competitiva previsto en el artículo 26.5.a) de la OBRGS. Las ayudas se otorgarán a las solicitudes que cumplan con todos los requisitos establecidos, y por orden de presentación, hasta agotarse el presupuesto disponible, o bien, hasta que finalice el plazo de presentación de solicitudes.

Quinto. Cuantía

El crédito destinado a esta convocatoria asciende a cuatro millones doscientos mil euros (4.200.000 euros), ampliable en un importe de hasta 9.800.000 euros, distribuidos entre los siguientes ámbitos:

— Ámbito 1. 0 emisiones: 1.400.000 euros.

— Ámbito 2. ECO: 2.800.000 euros.

La cuantía de la ayuda para la adquisición de vehículo será, según su categoría de clasificación ambiental:

— 0 emisiones: 4.000 euros.

— ECO: 2.000 euros.

Estas cuantías podrán ser incrementadas por alguno de los siguientes motivos:

a) Incremento adicional de las ayudas por baja definitiva de vehículo con categoría de clasificación ambiental «A» o «B» para su destrucción: 1.500 euros.

b) Incremento adicional de las ayudas en atención a las características de la unidad familiar del beneficiario, o para beneficiarios que sean considerados personas con movilidad reducida. Cuando concurra una de las dos circunstancias antes señaladas, el importe de la subvención se incrementará en un 10 % y cuando concurran ambas de manera simultánea el incremento será del 20 %.

Sexto. Presentación de solicitudes

El plazo para la presentación de solicitudes se iniciará a las 10:00 horas del día 20 de abril y finalizará a las 23:59 horas del día 20 de mayo de 2026.

Las solicitudes de ayuda se presentarán por los interesados por medios electrónicos, a través del acceso proporcionado a los concesionarios/puntos de venta adheridos, mediante la aplicación informática disponible al efecto en https://madrid.es/cambia360 .

Sólo se podrá presentar una solicitud por cada interesado. En caso de que se presentaran varias, sólo se consideraría la presentada en primer lugar, siendo inadmitidas el resto de las presentadas.

Séptimo. Justificación y pago

En un plazo máximo de tres meses desde la publicación de la resolución de concesión, las personas beneficiarias deberán enviar la documentación justificativa indicada en el apartado 13 del anexo de la convocatoria. Esta documentación se presentará ante la entidad colaboradora, bien directamente o bien a través de los concesionarios o puntos de venta adheridos al Plan Cambia 360, mediante tramitación electrónica en la página web señalada.

Asimismo, las personas que, aun cumpliendo los requisitos para ser beneficiarias, no hayan obtenido la ayuda por haberse agotado el presupuesto, podrán presentar su documentación justificativa dentro del mismo plazo. De este modo, podrán optar a los fondos que pudieran liberarse.

Octavo. Acumulación y compatibilidad de las ayudas

Las ayudas concedidas serán compatibles con cualquier otra ayuda pública, para la misma inversión, que pueda conceder cualquier órgano o autoridad de la Administración Central, Regional y/o Local, así como las procedentes de la Unión Europea u Organismos Internacionales.

En caso de acumulación de ayudas para la compra del mismo vehículo, la cuantía que resulte de la suma de todas deberá ser inferior al 75 % de los gastos subvencionables, para dar así cumplimiento a la obligación de que el beneficiario aporte una contribución financiera mínima del 25 % de los gastos subvencionables a través de recursos propios o financiación externa exenta de ayuda pública.

Noveno. Entidad colaboradora

La gestión de esta línea de ayudas se realizará por la entidad colaboradora “Asociación de Empresas del Comercio e Industria del Metal de Madrid” (AECIM).

Madrid, a 13 de marzo de 2026.—El delegado del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, Borja Carabante Muntada.

(03/4.138/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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