Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 75

Fecha del Boletín 
30-03-2026

Sección 1.3.109.19: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260330-38

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR

CANAL DE ISABEL II

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ANUNCIO de 26 de marzo de 2026, de revocación de delegación de competencias y nueva delegación de competencias en el Gerente del Ente Público Canal de Isabel II en materia de declaración de interés general de obras y aprobación de proyectos técnicos en distintos supuestos previstos en la normativa vigente.

El Consejo de Administración del Ente Público Canal de Isabel II, en su sesión de fecha 26 de marzo de 2026, ha acordado:

I. Revocar la delegación de competencias otorgada por el Consejo de Administración del Ente Público Canal de Isabel II el 30 de junio de 2025 para la aprobación inicial y definitiva del proyecto técnico de las obras de interés general de la Comunidad de Madrid contempladas en el artículo 15 de la Ley 17/1984, de 20 de diciembre, Reguladora del Abastecimiento y Saneamiento de Agua en la Comunidad de Madrid.

II. Delegar en el Gerente del Ente Público Canal de Isabel II el ejercicio de las siguientes competencias:

— Para declarar de interés general las obras contempladas en el artículo 15 de la Ley 17/1984, de 20 de diciembre, Reguladora del Abastecimiento y Saneamiento de Agua en la Comunidad de Madrid, así como para la aprobación inicial y definitiva de los proyectos técnicos y sus modificaciones correspondientes a dichas obras.

— Para declarar la urgencia o el interés general de los actos contempladas en el artículo 163 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, así como para la aprobación del proyecto técnico y sus modificaciones correspondientes a dichas obras y para la formalización del acta de recepción de las mismas.

— Para aprobar los proyectos técnicos y sus modificaciones correspondientes a las obras para los actos previstos en los artículos 25.a) y 29.2 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, según el procedimiento previsto en el artículo 29 bis del mismo texto legal.

— Para aprobar los proyectos técnicos y sus modificaciones correspondientes a las obras y actuaciones hidráulicas de ámbito supramunicipal, incluidas en la planificación hidrológica, y que no agoten su funcionalidad en el término municipal en donde se ubiquen, contempladas en el artículo 127 del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas, siempre que sean competencia de la Comunidad de Madrid.

III. El Gerente del Ente Público Canal de Isabel II dará cuenta al Consejo de Administración del ejercicio de las competencias delegadas.

IV. Los presentes acuerdos producirán efectos desde el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 26 de marzo de 2026.—La Secretaria del Consejo de Administración, Elena Lara Arenas.

(03/4.837/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.109.19: I. COMUNIDAD DE MADRID

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