Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 75

Fecha del Boletín 
30-03-2026

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260330-87

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE LA ACEBEDA

RÉGIMEN ECONÓMICO

87
La Acebeda. Régimen económico. Presupuesto general

El Ayuntamiento en Pleno, en sesión celebrada el pasado día 29 de enero de 2026, aprobó con carácter inicial, el presupuesto general de la Corporación para el ejercicio 2026, por un importe de 1.454.805,69 euros.

Dicho expediente ha permanecido expuesto al público durante quince días hábiles mediante publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 35 y fecha 11 de febrero de 2026, así como en la sede electrónica y tablón de anuncios, período durante el cual no se registró reclamación alguna contra la aprobación del citado expediente, por lo que de conformidad con lo establecido en el artículo 20.1 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se eleva dicho acuerdo de aprobación a definitivo.

El presupuesto definitivamente aprobado comprensivo del presupuesto general de este Ayuntamiento, bases de ejecución, plantilla de personal funcionario y laboral, de conformidad con el artículo 169 del texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se publica el resumen del mismo por capítulos:





Dicha aprobación podrá ser impugnada ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en el artículo 170 y 171 del texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en la forma y plazos que establecen las normas de dicha Jurisdicción.

En La Acebeda, a 19 de marzo de 2026.—El alcalde de La Acebeda, Gustavo Martín Hidalgo.

(03/4.370/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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