Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 84

Fecha del Boletín 
10-04-2026

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260410-33

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE GALAPAGAR

RÉGIMEN ECONÓMICO

33
Galapagar. Régimen económico. Modificación presupuestaria

Por el Pleno de la Corporación, en sesión ordinaria celebrada el 26 de marzo de 2026, ha sido aprobado inicialmente el expediente de modificación de créditos número 16/2026, mediante crédito extraordinario y suplemento de crédito.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 169 y 177 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se hace saber que en la Intervención Municipal se halla expuesta al público la documentación del expediente.

Los interesados que estén legitimados según lo dispuesto en el artículo 170 del citado R. D. L. 2/2004 y por los motivos taxativamente enumerados en su número 2, podrán presentar reclamaciones con sujeción a los siguientes trámites:

a) Plazo de formulación de reclamaciones: quince días hábiles a partir del siguiente a la fecha de inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

b) Oficina de presentación: Registro General.

c) Órgano ante el que se reclama: Pleno de la Corporación.

El expediente se considerará definitivamente aprobado si no se presenta ninguna reclamación.

En Galapagar, a 8 de abril de 2026.—La alcaldesa, por delegación (Decreto 194/2025, de 15 de enero de 2025; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 24 de 29 de enero de 25), el quinto teniente de alcalde, Delegado de Economía y Hacienda, Román Robles Valadés.

(03/5.397/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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