Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 93

Fecha del Boletín 
21-04-2026

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260421-34

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS

RÉGIMEN ECONÓMICO

34
Alcobendas. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto del decreto n.o 5528, de 7 de abril de 2026, del Ayuntamiento de Alcobendas, por el que se convoca las subvenciones del ámbito protección social y mayores para 2026.

BDNS(Identif.):897861

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/897861 ).

Extracto del decreto n.o 5528 de 7 de abril de 2026 del Ayuntamiento de Alcobendas, por el que se convoca las subvenciones del ámbito protección social y mayores para 2026.

Primero. Beneficiarios.—Podrán solicitar subvención las asociaciones y entidades sin ánimo de lucro inscritas en el Registro de Asociaciones, Fundaciones y entidades análogas del Ayuntamiento de Alcobendas, que tengan un fin social y que desarrollen proyectos en el ámbito de Protección Social y Mayores.

Segundo. Finalidad.

— Protección social:

• Actividades promovidas por asociaciones dirigidas a la atención de personas con discapacidad y específicamente las de rehabilitación, apoyo psicosocial y grupos de autoayuda.

• Actividades que favorezcan su integración y participación en la vida social, así como las que promuevan la autonomía personal, bienestar social de las familias y calidad de vida de las personas con discapacidad.

— Mayores:

• Actividades que promuevan el asociacionismo y la participación de las personas mayores en la vida social del municipio.

• Actividades que potencien la convivencia, socialización, creatividad, desarrollo personal, bienestar social y calidad de vida de los mayores asociados.

Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza municipal reguladora de las subvenciones de fomento del asociacionismo y la participación ciudadana del Ayuntamiento de Alcobendas (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 20/2/2009).

Cuarto. Cuantía.—Importe de veintitrés mil seiscientos cincuenta y un euros (23.651,00 euros).

Quinto. Las solicitudes de subvención y el resto de documentación exigida por la ordenanza a la que se hace referencia en el base 2 de esta convocatoria se presentarán, dentro del plazo de 15 días naturales, a partir del día siguiente de la publicación de esta convocatoria del Ayuntamiento de Alcobendas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones. Se informará de esta convocatoria en la página web del Ayuntamiento de Alcobendas, www.alcobendas.org .

Alcobendas, a 8 de abril de 2026.—La concejala-delegada de Familia y Bienestar Social, María Concepción Villalón Blesa.

(03/5.602/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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