Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 95

Fecha del Boletín 
23-04-2026

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260423-92

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE FUENTE EL SAZ DE JARAMA

URBANISMO

92
Fuente el Saz de Jarama. Urbanismo. Proyecto urbanización

La Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, en sesión extraordinaria y urgente, celebrada con fecha 9 de enero de 2026, adoptó, entre otros, acuerdo en relación a la “Desestimación de alegación presentada y Aprobación Definitiva del Proyecto de Urbanización de la UE-1 del AA-02 Pocillo-Este del vigente Plan General, así como las obras exteriores a la unidad de ejecución del ámbito”, promovido por la empresa con CIF: B87557716; expediente número 122/2018-541/2022, quedando condicionado al cumplimiento de las condiciones establecidas en los informes sectoriales emitidos que quedan unidos al Proyecto, en los informes técnicos emitidos por los Servicios Técnicos de este Ayuntamiento (Arquitecto, Técnico de Medio Ambiente y del Ingeniero Técnico Municipal), así como a lo siguiente:

1. La constitución, conforme a lo establecido en el artículo 108.1.b) de la Ley 9/2001, de garantía a favor del Ayuntamiento de la correcta ejecución por importe mínimo del 10 % del importe total previsto de las obras de urbanización con carácter previo al comienzo de éstas, es decir, el 10 % de 3.975.067,51 euros, que asciende a la cantidad de 39.750,67 euros:

2. La constitución de fianza que garantice la correcta gestión de los residuos generados (artículos 4 y 6 del Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición; artículo 9 de la Orden 2726/2009, de 16 de julio, de la Consejería de Medio Ambiente, por la que se regula la gestión de los residuos de construcción y demolición en la Comunidad de Madrid). Considerando que el artículo 9 de la Orden 2726/2009, de 16 de julio, establece que la cuantía de dicha fianza se basará en el presupuesto del Estudio de Gestión de Residuos hasta un importe tal que garantice suficientemente la adecuada gestión de los mismos, se estima una valoración mínima del 100 % del coste previsto del EGR, de tal forma que la fianza asciende a la cantidad de 163.783,31 euros.

Lo que se hace público para general conocimiento, señalando que contra la presente Resolución que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse alternativamente recurso de reposición potestativo ante el Alcalde de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de publicación de este anuncio. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio, sin perjuicio de que se pueda interponer cualquier otro que se estime procedente, de conformidad con la legislación vigente.

Fuente el Saz de Jarama, a 26 de enero de 2026.—La alcaldesa, María José Moñino Muñoz.

(02/1.171/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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