Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 99

Fecha del Boletín 
28-04-2026

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260428-95

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE TRES CANTOS

URBANISMO

95
Tres Cantos. Urbanismo. Plan especial

Exp. 26PD0001.—Suspensión facultativa de actos de uso del suelo, construcción edificación y ejercicio de actividades.

La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Tres Cantos, en su sesión celebrada el 24 de abril de 2026, adoptó el siguiente acuerdo:

1. Iniciar los trabajos necesarios para la elaboración y formación de un plan especial de usos para regular principalmente los siguientes:

— Uso global 3. Terciario. Categorías: a) Despachos profesionales; f) Hostelería; h) Oficinas; k) Servicios en general.

— Uso global: 5. Dotacional. Categorías: f) Alojamiento comunitario.

2. Acordar la suspensión de la realización de actos de uso del suelo, de construcción y edificación y ejecución de actividades, excepto primera ocupación y funcionamiento, por un plazo de un año y en el ámbito del suelo urbano consolidado, en relación con la tramitación, otorgamiento y/o efectividad de los títulos urbanísticos habilitantes solicitados y pendientes de resolución, excepto modificaciones en tramitación de aquellos con licencia urbanística ya concedida, así como de los que se presenten con posterioridad a la publicación del acuerdo de suspensión. Todo ello a los efectos de la elaboración, formación, tramitación y aprobación del plan especial antes expresado.

Los usos afectados por la suspensión, en cualquier régimen de interrelación, serían los siguientes:

— Despachos profesionales.

— Hotel apartamento.

— Alojamientos comunitarios en el grupo de “Promociones de viviendas gestionadas íntegramente en régimen de alquiler vinculadas a ese uso en el registro de la propiedad”.

3. Publicar el acuerdo de suspensión en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en un periódico de amplia difusión, contando el plazo de un año de suspensión a partir del siguiente al de la fecha de publicación. Este plazo podrá ser ampliable por otro año más, siempre y cuando dentro del primero se hubiere completado el período de información pública del planeamiento que se tramite.

4. Notificar personalmente el acuerdo que se adopte a los titulares de los expedientes 25LU0093 Caparo Living, S. L., y 25LU0096 Midforitg, S. L.

5. Expedir un certificado del acuerdo que se adopte para su incorporación al expediente.

La resolución trascrita pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse potestativamente recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante la Junta de Gobierno Local, o bien directamente, para el supuesto de no interposición del recurso anterior, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso Administrativo de Madrid, ambos plazos a contar desde el día siguiente a la publicación de esta resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y todo ello sin perjuicio de que se pueda interponer cualquier otro recurso que estime procedente.

Tres Cantos, a 24 de abril de 2026.—La cuarta teniente de alcalde, María del Mar Sánchez Chico de Guzmán.

(01/6.534/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260428-95