Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 105

Fecha del Boletín 
05-05-2026

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260505-58

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS

RÉGIMEN ECONÓMICO

58
Alcobendas. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto del decreto número 6455, del 23 de abril de 2026, por el que se convocan ayudas para comedor escolar para el curso 2025-2026.

BDNS 901636

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria de ayudas para comedor escolar para el curso 2025-2026 cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.mihap.gob.es/bdnstrans/index ):

Primero. Beneficiarios.—Familia de Alcobendas que reúnan los siguientes requisitos:

a) Estar empadronados en Alcobendas el alumno y el solicitante de la ayuda (padre, madre o tutor), en el momento en que se presenta la solicitud, con una antigüedad ininterrumpida desde al menos el 1 de septiembre de 2025, debiéndose mantener dicha situación hasta la finalización del procedimiento de concesión de estas ayudas.

b) El alumno deberá estar escolarizado en el curso 2025-2026 en un centro docente sostenido con fondos públicos de la Comunidad de Madrid, en el Primer Ciclo o Segundo Ciclo de Infantil o en Educación Primaria.

c) La renta per cápita familiar no podrá superar los 9.500 euros anuales en el año 2024. Esta cantidad puede resultar modificada a la baja a lo largo del proceso si concurre la circunstancia de que al concederse las ayudas siguiendo el orden ascendente marcado por la renta per cápita familiar, empezando por la renta per cápita más baja, las solicitudes superen al crédito presupuestario.

d) Estar al corriente del pago de los impuestos municipales.

e) No hallarse incurso en ninguno de los supuestos recogidos en el artículo 13.2 de la Ley 28/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

f) Se entiende que los alumnos del Primer Ciclo de Infantil que soliciten ayuda de comedor deben de estar matriculados antes del último día del período para presentar la solicitud. Se obviará la exigencia de antigüedad del empadronamiento del menor nacido en 2025, no así la fecha del empadronamiento del solicitante.

Segundo. Finalidad.—La presente convocatoria tiene por objeto convocar, en régimen de concurrencia competitiva, ayudas para comedor escolar para el curso 2025-2026.

Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza general reguladora de subvenciones en materia de educación de Ayuntamiento de Alcobendas publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 177 de fecha 26 de julio de 2016.

Cuarta. Cuantía.—La cuantía disponible para las ayudas de comedor escolar para el curso 2025-2026 es de 715.000 euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—15 días hábiles a contar desde el siguiente de la publicación de esa convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Alcobendas, a 27 de abril de 2026.—El concejal de Educación y Participación Ciudadana, Fernando Martínez Rodríguez.

(03/6.616/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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