Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 110

Fecha del Boletín 
11-05-2026

Sección 4.50.1.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260511-80

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

80
Madrid. Sala de lo Contencioso-Administrativo. Sección Primera. Procedimiento 237/2024

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

Sección Primera

EDICTO

Dña. Elena Mercedes Alonso Berrio-Ategortua, letrada de la Administración de Justicia de la Sección 1 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Doy fe: Que en el procedimiento ordinario 237/2024, se ha dictado sentencia que es firme, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

“FALLAMOS

Que desestimamos las causas de inadmisión planteadas y estimamos el presente recurso contencioso-administrativo interpuesto por Ecologistas En Acción Madrid-Aedenat y la Asociación Madrid Ciudadanía y Patrimonio contra la Aprobación definitiva de la Modificación Puntual de Plan General de Ordenación Urbana de Madrid, para la creación del Área de Planeamiento Específico 07.07, “Parque Metro Cuatro Caminos”, adoptada en virtud de Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid de 27 de diciembre de 2023, declarando la nulidad de pleno derecho de dicho Acuerdo.

Efectuar expresa imposición de las costas procesales causadas en el presente recurso a la parte demandada en los términos fundamentados respecto de la determinación del límite máximo de su cuantía y conceptos expresados.

La presente sentencia es susceptible de recurso de casación, que deberá prepararse ante esta Sala en el plazo de treinta días, contados desde el siguiente al de su notificación, acreditándose en el escrito de preparación del recurso el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 89.2 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, con justificación del interés casacional objetivo que presente. Previa constitución del depósito previsto en la Disposición Adicional Decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, bajo apercibimiento de no tener por preparado el recurso.

Dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de esta Sección, cuenta-expediente número 2414-0000-93-0237-24 (Banco de Santander, Sucursal calle Barquillo, número 49), especificando en el campo concepto del documento Resguardo de ingreso que se trata de un “Recurso” 24 Contencioso-Casación (50 euros). Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria, se realizará a la cuenta general número 0049-3569-92-0005001274 (IBAN ES55-0049-3569 9200 0500 1274) y se consignará el número de cuenta-expediente 2414-0000-93-0237-24 en el campo “Observaciones” o “Concepto de la transferencia” y a continuación, separados por espacios, los demás datos de interés.

En su momento, devuélvase el expediente administrativo al departamento de su procedencia, con certificación de esta resolución.

Así, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.—D. José Arturo Fernández García, D. Francisco Javier Canabal Conejos, D. Benjamín Sánchez Fernández”.

Y para que conste y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido el presente edicto que firmo.

Lo que se anuncia para

En Madrid, a 29 de abril de 2026.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

(03/6.869/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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