Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 113

Fecha del Boletín 
14-05-2026

Sección 1.3.109.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260514-25

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR

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EXTRACTO de la Orden 1756/2026, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior por la que se amplía en 1.000.000 euros la cuantía del crédito presupuestario previsto en la Orden 2867/2025, de 14 de julio, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior.

BDNS (846381)

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en Base de Datos Nacional de Subvenciones ( https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias ).

Primero

Ampliación de crédito

1. Para el cumplimiento de la finalidad establecida en la convocatoria de la Orden 2867/2025, de 14 de julio, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, publicada, en forma de extracto, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el 5 de agosto de 2025, se amplía en un millón de euros (1.000.000,00 euros) la cuantía del crédito presupuestario inicialmente consignado en la Orden 2867/2025, de 5 de agosto, de manera que la cuantía final destinada a las subvenciones convocadas para el año 2025 es de 7.100.000 euros con cargo al subconcepto 77306 “Actuaciones Agrícolas” del Programa 411A.

2. La publicación de esta Orden no implicará la apertura de un nuevo plazo para presentación de nuevas solicitudes ni el inicio de nuevo cómputo de plazo para resolver y se hace con carácter previo a la concesión de las ayudas con cargo al crédito ampliado.

Segundo

Recursos administrativos

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Medio Ambiente, Agricultura e Interior en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de la misma en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID en forma de extracto o, directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, sin perjuicio de cuantos otros estime oportuno deducir.

Tercero

Efectos

Esta Orden surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en forma de extracto, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 11 de mayo de 2026.

El Consejero de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, CARLOS NOVILLO PIRIS

(03/7.660/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.109.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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