Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 116

Fecha del Boletín 
18-05-2026

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260518-131

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DEL PARDILLO

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

131
Villanueva del Pardillo. Organización y funcionamiento. Delegación funciones

El Sr. alcalde-presidente del Ayuntamiento de Villanueva del Pardillo, ha dictado resolución número 2026-1019, el día 6 mayo 2026, del siguiente literal:

“RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA

D. Eduardo Fernández Navarro, alcalde-presidente del Ayuntamiento de Villanueva del Pardillo (Madrid).

D. Eduardo en virtud de las atribuciones que me confieren los artículos 21.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local, 31.1 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid, y 41 y 52 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por R. D. 2568/86 de 28 de noviembre, y 31.2 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid, dicté Resolución el día 23 de junio de 2023, delegando en la Junta de Gobierno Local el ejercicio de competencias que me son atribuidas como alcalde por disposición de la vigente legislación y que tienen carácter delegable, resolución que fue modificada de forma puntual en fechas posteriores (6 de julio de 2023, 16 de octubre de 2024, 15 de noviembre de 2024 y 28 de enero de 2026), entre ellas, concretamente todas las competencias en materia de contratación de obras, servicios y suministros, excepto la contratación menor.

En aras de cumplir con los principios administrativos de agilidad y eficacia y eficiencia en la tramitación administrativa, y vistas las necesidades de la gestión en materia contractual, por la presente resuelvo:

Primero.—Avocar y dejar sin efecto la delegación en la Junta de Gobierno Local de las competencias en materia contractual expresadas en el antecedente, única y exclusivamente en la tramitación del siguiente expediente de contratación: Obras rehabilitación Ayuntamiento (expediente 2515/2025).

Segundo.—La presente resolución tiene efectos desde la fecha de su firma, sin perjuicio de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Tercero.—Notificar la presente resolución a los miembros de la Junta de Gobierno Local.

Cuarto.—Dese cuenta al Pleno del Ayuntamiento y publíquese en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y portal de transparencia.

Cúmplase.

En Villanueva del Pardillo, a 7 de mayo de 2026”.

Lo que remito se publica, a los efectos oportunos, de acuerdo con lo previsto en el artículo 44.2 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Villanueva del Pardillo, a 7 de mayo de 2026.—El alcalde-presidente, Eduardo Fernández Navarro.

(03/7.297/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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