Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 117

Fecha del Boletín 
19-05-2026

Sección 1.3.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260519-34

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES

34
EXTRACTO de la Orden 1629/2026, de 17 de abril, de la Consejera de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se convoca el XXXIII Certamen de Teatro Escolar de la Comunidad de Madrid para el curso escolar 2025-2026 (Modalidad B, teatro en español de libre elección. Categoría IV).

BDNS (Identif.): 905344

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans ).

Primero

Objeto

Convocar el XXXIII Certamen de Teatro Escolar con la finalidad de estimular la actividad teatral, tanto en español como en lengua extranjera, en los centros educativos de la Comunidad de Madrid.

Segundo

Destinatarios

Centros escolares públicos, privados y privados concertados de la Comunidad de Madrid, dependientes de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, que impartan Educación Secundaria y Bachillerato.

Tercero

Bases reguladoras

Orden 4041/2023, de 22 de octubre, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se aprueban las bases reguladoras correspondientes al Certamen de Teatro Escolar de la Comunidad de Madrid.

Cuarto

Premios y menciones

Se reparten diecinueve mil cien euros (19.100 euros) en premios, de los que mil ochocientos euros (1.800 euros) se destinan a los tres premios a conceder para la Modalidad B, teatro en español de libre elección, Categoría IV, según la siguiente distribución:

En el caso de que alguno de estos premios quede desierto será posible trasladar el premio vacante a otra modalidad, categoría u opción.

Quinto

Criterios de valoración

La valoración de los montajes se realizará teniendo en cuenta los siguientes criterios y baremo:

a) Interpretación (hasta 40 puntos):

— Voz, dicción (hasta 10 puntos).

— Expresividad (hasta 10 puntos).

— Organicidad (hasta 10 puntos).

— Creatividad (hasta 10 puntos).

b) Puesta en escena (hasta 30 puntos):

— Espacio escénico (hasta 10 puntos).

— Ritmo (hasta 10 puntos).

— Vestuario (hasta 10 puntos).

c) Dramaturgia (hasta 20 puntos):

— Texto original o adaptación (hasta 10 puntos).

— Nivel pedagógico (hasta 10 puntos).

d) Dirección del montaje (hasta 10 puntos).

Sexto

Plazo de presentación de las solicitudes

El plazo de presentación de las solicitudes será de diez días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, del presente extracto.

Madrid, a 17 de abril de 2026.

La Consejera de Educación, Ciencia y Universidades, MERCEDES ZARZALEJO CARBAJO

(03/7.799/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260519-34