Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 117

Fecha del Boletín 
19-05-2026

Sección 1.3.110.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260519-39

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES

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EXTRACTO de la Orden 849/2026, de 27 de marzo, de la Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se convocan para el año 2026, subvenciones a entidades sin fin de lucro, en concepto de mantenimiento de servicios y desarrollo de programas de atención a personas con discapacidad.

BDNS: 900373

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ).

Primero

Beneficiarios

Entidades sin fin de lucro de atención a personas con discapacidad, que cuenten con un servicio de información y orientación o que desarrollen un programa de atención a personas con discapacidad, dirigido a la promoción de la vida independiente o prevención de situaciones de dependencia, cuyo ámbito de actuación sea la Comunidad de Madrid.

Segundo

Objeto

Mantenimiento de servicios de información y orientación y desarrollo de programas de atención a personas con discapacidad, dirigido a la promoción de la vida independiente o prevención de situaciones de dependencia, cuyo ámbito de actuación sea la Comunidad de Madrid.

Tercero

Bases reguladoras

Orden 1088/2017, de 26 de junio, de la Consejería de Políticas Sociales y Familia, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones a entidades sin fin de lucro, en concepto de mantenimiento de servicios y desarrollo de programas de atención a personas con discapacidad publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 156, de 3 de julio de 2017, modificada por la Orden 104/2019, de 7 de febrero, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 41, de 18 de febrero de 2019, modificada por la Orden 451/2022, de 5 de marzo, de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 64, de 16 de marzo de 2022.

Cuarto

Cuantía

La financiación de las subvenciones de esta convocatoria se hará con cargo al subconcepto 48099 “Otras Instituciones sin fin de lucro” del programa 231F “Atención especializada a personas con discapacidad” del Presupuesto de Gastos de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales correspondiente al año 2026. La cuantía total máxima para esta convocatoria de 2026 se establece en 2.150.000 euros, de los cuales 50.000 euros se corresponden con el importe del crédito para los proyectos de servicio de información y orientación destinado a federaciones, uniones de asociaciones y otras organizaciones integradas por entidades con personalidad jurídica propia, tal como establece el Dispongo Decimotercero en su apartado 6.

Quinto

Plazo de presentación de solicitudes

Quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

El texto íntegro de la convocatoria se publicará en el Sistema Nacional de Publicación de Subvenciones y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el mismo día en que se produzca la publicación de su extracto.

En Madrid, a 27 de marzo de 2026.

La Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, ANA DÁVILA-PONCE DE LEÓN MUNICIO

(03/6.637/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.110.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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