Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 118

Fecha del Boletín 
20-05-2026

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260520-73

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE CAMARMA DE ESTERUELAS

OFERTAS DE EMPLEO

73
Camarma de Esteruelas. Ofertas de empleo. Bases generales

Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada en fecha 21 de abril de 2026, se han aprobado las bases generales sobre constitución y normas de funcionamiento y gestión de las bolsas de trabajo para la cobertura de necesidades de personal temporal en el Ayuntamiento de Camarma de Esteruelas, cuyo texto íntegro se encuentra expuesto tablón de anuncios y en la Sede Electrónica de este Ayuntamiento en el siguiente enlace:

https://camarmadeesteruelas.sedelectronica.es/transparency/b7281fdc-4941...

Contra las presentes bases, que ponen fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante alcaldesa-presidenta de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.

Camarma de Esteruelas, a 8 de mayo de 2026.—La alcaldesa presidenta, Ana Victoria Cruz Martín.

(03/7.441/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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