Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 119

Fecha del Boletín 
21-05-2026

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260521-69

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE TORRELAGUNA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

69
Torrelaguna. Organización y funcionamiento. Delegación funciones

Resolución de alcaldía.—Visto que con fecha 21 de abril de 2026 ha tenido entrada en el registro del Ayuntamiento de Torrelaguna número 2026-E-RC-1040 Diligencia de ordenación pieza medidas cautelares 250/2026 000 (procedimiento ordinario) de la Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Madrid, plaza número 30.

Considerando que el alcalde ostenta la competencia para el ejercicio de las acciones judiciales y administrativas y la defensa del ayuntamiento en las materias de su competencia de acuerdo con lo establecido en el artículo 21.1.K) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

Considerando lo establecido en el artículo 10 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre y siendo que el alcalde es uno de los demandantes en el procedimiento judicial referido.

Considerando que el alcalde es el órgano competente para la contratación en los procedimientos de contratación tramitados como contratos menores y que mediante decreto delegación de competencias n.o 620/2023, de fecha 13 de noviembre de 2023, se ha delegado en la Junta de Gobierno local la competencia en los restantes contratos cuando su importe no supere el 10 % de los recursos ordinarios del presupuesto.

Examinada la documentación que la acompaña y de conformidad con lo establecido en el artículo 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y 43 y siguientes del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre,

RESUELVO

Primero.—Delegar en el Pleno la contratación de la representación y defensa del ayuntamiento en el procedimiento Ordinario 250/2026 de la Sección de lo Contencioso Administrativo del Tribunal de Instancia de Madrid, plaza n.o 30. Expediente del Ayuntamiento n.o 585/2026.

Segundo.—Avocar la competencia de la Junta de Gobierno para las contrataciones referidas en el punto primero, en el caso de que el precio de los contratos superase el importe del contrato menor, esto es 15.000 euros.

Tercero.—Comunicar la presente resolución al Pleno del Ayuntamiento de Torrelaguna para que proceda a su aceptación. Y en el caso de que fuera necesaria la avocación por superar el precio de alguno de los contratos la cuantía del contrato menor, comunicar la misma a la Junta de Gobierno local para su conocimiento.

Cuarto.—Publicar la presente resolución, una vez aceptada o transcurridos tres días hábiles desde su comunicación sin expresa manifestación de no aceptación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Torrelaguna, a 24 de octubre de 2026.—El alcalde-presidente, Víctor José Gutiérrez Sánchez.

(03/7.588/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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