Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 121

Fecha del Boletín 
23-05-2026

Sección 1.4.109.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260523-17

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR

17
ACUERDO de 6 de mayo de 2026, de prórroga del convenio entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior) y el Ayuntamiento de Robregordo para la adhesión de información relativa a su patrimonio de suelo disponible al Portal de Suelo de la Comunidad de Madrid.

REUNIDOS

De una parte, don Manuel Miguel Beceiro Garat, Secretario General Técnico de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, en virtud del Decreto 55/2025, de 9 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se dispone su nombramiento (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 163, de 10 de julio), actuando conforme a las atribuciones que le confiere la Orden 984/2024, de 15 de marzo, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias y la firma de convenios, se desconcentra el protectorado de fundaciones y se designa con carácter permanente a los miembros de las mesas de contratación de la Consejería.

Y de otra, doña Marisol Herreño Traslaviña, Alcaldesa/Presidente del Ayuntamiento de Robregordo, elegida por el Pleno de la Corporación en fecha 17 de junio de 2023, actuando en nombre y representación de dicha Corporación Municipal en virtud de la competencia que le otorga el artículo 21.1 b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y el artículo 135 apartado 2 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid.

Reconociéndose ambas partes capacidad legal para suscribir la presente adenda de prórroga de convenio, a cuyo efecto,

EXPONEN

Primero

El 11 de mayo de 2023 se firmó el convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura) y el Ayuntamiento de Robregordo, para la adhesión de información relativa a su patrimonio de suelo disponible al portal de suelo de la comunidad de Madrid.

Segundo

La cláusula séptima de dicho convenio contempla que el mismo tendrá una duración de tres años, pudiendo prorrogarse por mutuo acuerdo expreso de sus firmantes por igual período de tiempo, que deberá ser formalizado antes de que finalice su plazo de vigencia, de conformidad con el artículo 49 h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Tercero

Que es voluntad de las partes, prorrogar la vigencia del convenio durante tres años más, en los términos recogidos en el mismo. Por ello, y de conformidad con el artículo 49.h) 2.o de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, ambas partes suscriben la prórroga expresa del convenio de adhesión al Portal de Suelo, conforme a las siguientes

CLÁUSULAS

Única

Prórroga

De conformidad con lo dispuesto en la cláusula séptima del convenio suscrito el día 11 de mayo de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior) y el Ayuntamiento de Robregordo, para la adhesión de información relativa a su patrimonio de suelo disponible al portal de suelo de la comunidad de Madrid, y con el acuerdo unánime de las partes firmantes, se prorroga el mencionado Convenio durante el período de 3 años, comprendido entre el 12 de mayo de 2026 y el 12 de mayo de 2029.

Y en prueba de conformidad, firman las partes este documento.

Madrid, a 6 de mayo de 2026.—El Consejero de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, P. D. (Orden 984/2024, de 15 de marzo; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 72, de 25 de marzo), el Secretario General Técnico, Manuel Miguel Beceiro Garat.—La Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Robregordo, Marisol Herreño Traslaviña.

(03/7.294/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.109.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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