Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 122

Fecha del Boletín 
25-05-2026

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260525-54

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCORCÓN

RÉGIMEN ECONÓMICO

54
Alcorcón. Régimen económico. Calendario fiscal

Visto el Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 21 de abril de 2026 número 18/148 en los siguientes términos:

“Primero.—Tomar conocimiento por la Junta de Gobierno local de la situación planteada por la tramitación de los recursos interpuestos por la liquidación del padrón de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación de servicios de recogida y tratamientos de residuos de competencia local del año 2025, y los problemas generados en la resolución de los mismos y su posible afectación en el padrón de 2026.

Segundo.—Instar a la alcaldesa-presidenta, en función de sus competencias conforme al art. 33 de la ordenanza general de gestión, recaudación e inspección de los ingresos propios de derecho público del Ayuntamiento de Alcorcón, a la modificación del calendario fiscal de cobro en voluntaria de los tributos de devengo periódico, aprobado por Decreto de la alcaldesa-presidenta de 19 de diciembre de 2025 y publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 8 de enero de 2026, núm. 6, atendiendo a la necesidad de modificar el período de cobro en voluntaria de la tasa por la prestación de servicios de recogida y tratamientos de residuos de competencia local del año 2026 desde el 1 de diciembre de 2026 al 31 de julio de 2027, ambos inclusive.

Tercero.—Dar traslado del presente Acuerdo a la Concejalía-Delegada de Hacienda y Contratación, el coordinador general de Organización Interna y la Oficina de Gestión Tributaria, Recaudación e Inspección para llevar a cabo los cambios necesarios para dar cumplimiento al mismo”.

Vista la providencia de inicio de expediente de la concejala-delegada de Hacienda y Contratación de 22 de abril de 2026 que indica:

“Primero.—Iniciar los trabajos de modificación del calendario de cobro de tributos de carácter periódico de 2026 aprobado por Decreto de la alcaldesa-presidenta, el 19 de diciembre de 2025, con número 2025/9824.

Segundo.—Que se lleve a cabo los informes y trabajos necesarios por la Oficina de Gestión Tributaria, Recaudación e Inspección y la Oficina de Tesorería y Contabilidad en aras a modificar el período de cobro del IBI de naturaleza urbana y rústica, así como el período de cobro de la tasa de residuos. En concreto, con la ampliación de sus plazos y que se detalla de la siguiente manera:

— IBI N. Urbana. Plazo primero período: 1/6/26 a 31/8/26.

— IBI N. Rústica. Plazo único período: 1/6/26 a 31/8/26.

— IBI N. Urbana. Plazo segundo período: 1/10/26 a 31/12/26.

— Tasa Residuos. Plazo único período: 1/12/26 a 31/7/27.

Igualmente, dejar de manera inalterada respecto a lo indicado en el Decreto 2025/9824 la fecha de cargo en cuenta de recibos domiciliados del IBI, tanto urbana como rústica, y modificar la fecha de cargo en cuenta de recibos domiciliados de la tasa de residuos para el 30/6/27.

Tercero.—Que se dé el traslado necesario hasta su efectivo decreto por la alcaldesa-presidenta y su publicación en BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID”.

Vistos los informes del Titular de la Oficina de Tesorería y Contabilidad y del jefe de Servicio de Gestión Tributaria, Recaudación e Inspección.

Visto el Informe Propuesta de Resolución emitido por el coordinador general de Organización Interna con fecha 28 de abril de 2026.

Por todo lo expuesto, y en uso de las facultades delegadas en aplicación del art. 62.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y el art. 33.2 de la actual Ordenanza General de Gestión, Recaudación e Inspección de los Ingresos propios de Derecho Público, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del 10 de enero de 2025,

RESUELVO

Primero.—La aprobación de la modificación del calendario de cobro de los tributos municipales de carácter periódico del año 2026 acordado por Decreto de 19 de diciembre de 2025, número 2025/9824, modificando el apartado primero de dicho Decreto y resultando, de manera consolidada, el que sigue:

Segundo.—La inserción del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Tercero.—Para aquellos contribuyentes acogidos al Sistema Especial de Pagos (Aplaza 6) y, de conformidad con el artículo 57 de la ordenanza fiscal de gestión, recaudación e inspección, las cinco primeras cuotas mensuales se cargarán en cuenta los días 5 desde el mes de abril hasta el mes de agosto. En relación con la sexta y última cuota, se modifica la fecha de cargo de esta, que será cargada en cuenta el 5 de diciembre de 2026, y no el 5 de noviembre de 2026 como lo indicado en el Decreto 2025/9824, siendo su importe determinado por el resultado de la diferencia entre lo pagado en las cinco primeras cuotas y lo que se hubiese pagado por el procedimiento o plazos ordinarios; aplicándose a esta última cuota el 5 % de bonificación contemplada en el “Aplaza 6”.

En Alcorcón, a 28 de abril de 2026.—La alcaldesa-presidenta, Candelaria Testa Romero.—La titular de la Oficina de Apoyo a la Junta de Gobierno Local, sustituta, María Eugenia Barril Vicente.

(01/8.251/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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