Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 124

Fecha del Boletín 
27-05-2026

Sección 3.10.20N: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260527-76

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE NAVARREDONDA Y SAN MAMÉS

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Navarredonda y San Mamés. Régimen económico. Calendario fiscal

Se hace público el calendario de recaudación para el ejercicio fiscal 2026, aprobado por el Pleno de este Ayuntamiento en sesión ordinaria celebrada el 28 de marzo de 2026:

— Impuesto sobre bienes inmuebles:

• Período de cobranza en voluntaria del 1 de julio al 30 de septiembre de 2026.

— Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica:

• Período de cobranza en voluntaria del 21 de septiembre al 20 de noviembre de 2026.

— Tasa sobre recogida de residuos:

• Período de cobranza en voluntaria del 21 de septiembre al 20 de noviembre de 2026.

Lugar de ingreso:

— En el Servicio de Recaudación, edificio municipal, sito en la plaza de la Constitución, número 1, de Navarredonda, los días que se indicarán en la web municipal https://navarredondaysanmames.org/

— Mediante transferencia: en la cuenta municipal de recaudación.

Si por cualquier causa fuera preciso variar la disposición de las fechas detalladas en el calendario precedente, se pondrá con antelación suficiente, en conocimiento de los contribuyentes.

Transcurrido el plazo de ingreso, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio. Todo ello de conformidad con los artículos 24 y siguientes del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación.

Este anuncio tiene carácter de notificación colectiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, Ley General Tributaria.

En Navarredonda, a 19 de mayo de 2026.—El alcalde-presidente, José María Fernández Martín.

(01/8.050/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20N: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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