Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 126

Fecha del Boletín 
29-05-2026

Sección 1.3.105.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260529-16

Páginas: 4


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE DIGITALIZACIÓN

16
ORDEN 275/2026, de 20 de mayo, de la Consejería de Digitalización, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Digitalización para el año 2026.

La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece en su artículo 8.1, con el carácter de legislación básica del Estado, que “los órganos de las Administraciones Públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un Plan Estratégico de Subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria”.

En idénticos términos se pronuncia el artículo 4 bis de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid. Asimismo, su artículo 7.1 dispone que los órganos competentes para conceder subvenciones son los Consejeros en el ámbito de su Consejería correspondiente.

Igualmente, según dispone el artículo 25 de la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid, los planes estratégicos de ayudas y subvenciones aprobados deberán ser publicados en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, dentro de los veinte días siguientes al de su aprobación.

En atención a lo expuesto, la presente orden tiene por objeto proceder a la aprobación del Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Digitalización, instrumento que permite abordar una planificación estratégica de las distintas políticas de gasto desarrolladas por la Consejería de Digitalización y, a través del cual, se dan a conocer las distintas subvenciones que va a otorgar esta consejería en el año 2026.

Con este plan estratégico se contemplan cuatro líneas de subvenciones de concesión directa. Al tratarse de subvenciones con asignación nominativa en los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 ter.2 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, en este plan se recogen los objetivos, los costes de realización y sus fuentes de financiación.

Las actuaciones que se promueven a través de las subvenciones que contempla el plan, sus objetivos y dotación económica, están en consonancia con los definidos en los programas presupuestarios de la consejería, conforme a los principios contenidos en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.

En su virtud, a propuesta de la Dirección General de Estrategia Digital, de conformidad con lo previsto en los artículos 4 bis y 7 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid,

DISPONGO

Primero

Aprobación del Plan Estratégico de Subvenciones

Aprobar el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Digitalización para 2026, cuyo texto se inserta a continuación como anexo.

Segundo

Efectos

Esta orden producirá efectos desde el momento de su firma.

Tercero

Publicidad

La presente orden se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas (Base de Datos Nacional de Subvenciones).

Madrid, a 20 de mayo de 2026.

El Consejero de Digitalización, MIGUEL LÓPEZ-VALVERDE ARGÜESO



(03/8.263/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.105.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260529-16