Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 130

Fecha del Boletín 
03-06-2026

Sección 1.3.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260603-35

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

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ORDEN de 29 de mayo de 2026, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se establecen las condiciones de la emisión de un Bono Verde Europeo (EuGB), por importe nominal de 500.000.000,00 euros.

Mediante Acuerdo de Consejo de Ministros, de 9 de diciembre de 2025, se autorizó a la Comunidad de Madrid a formalizar operaciones de deuda a largo plazo, por un importe máximo de 3.027.649.914,07 euros, y operaciones de deuda a corto plazo por un importe máximo de 1.846.250.000,00 euros, hasta 31 de diciembre de 2026.

El Gobierno de la Comunidad de Madrid, a propuesta de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, autorizó, mediante Acuerdo de 14 de enero de 2026, a disponer la realización de una o varias operaciones financieras a largo plazo por importe máximo de 3.027.649.914,07 euros.

Mediante Acuerdo del Consejo de Ministros de 5 de mayo de 2026, se autorizó a la Comunidad de Madrid a formalizar operaciones de deuda a largo plazo por un importe máximo de 795.750.000,00 euros, equivalente a un primer tramo del déficit del año 2025 pendiente de financiar.

El Gobierno de la Comunidad de Madrid, a propuesta de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, ha autorizado, mediante Acuerdo de 13 de mayo de 2026, la realización de una o varias operaciones financieras a largo plazo por importe máximo de 795.750.000,00 euros.

Todo ello según lo establecido en el artículo 167 de la Ley 5/2025, de 23 de diciembre, de Hacienda de la Comunidad de Madrid, y dentro del límite de endeudamiento establecido en el artículo 33 de la Ley 6/2025, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2026, y, en todo caso, condicionado al importe máximo y condiciones fijadas por los citados Acuerdos de Consejo de Ministros de 9 de diciembre de 2025 y de 5 de mayo de 2026.

Todo lo anterior, al amparo de lo dispuesto en el artículo 163 de la Ley 5/2025, de 23 de diciembre, de Hacienda de la Comunidad de Madrid y el artículo 34.1 de la Ley 6/2025, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2026.

En virtud de los citados Acuerdos, y atendiendo a la situación actual de los mercados financieros de deuda pública, se considera procedente que la Comunidad de Madrid lleve a cabo una emisión de deuda pública, a tipo de interés fijo y con una vida media de 5,14 años, por un importe que no exceda de los límites autorizados en aquellos, configurada como un Bono Verde Europeo (EuGB) y destinada a las financiación de actividades económicas medioambientalmente sostenibles, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 del Reglamento (UE) 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de junio de 2020, relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/2088, según se detalla en la European Green Bond Factsheet de la Comunidad de Madrid, de fecha 22 de mayo de 2025.

En razón de lo expuesto, a propuesta de la Dirección General de Política Financiera y Tesorería, y de conformidad con las facultades conferidas por el artículo 169, letras a) y g), de la Ley 5/2025, de 23 de diciembre, de Hacienda de la Comunidad de Madrid,

DISPONGO

Primero

Disponer la realización de una emisión de deuda pública de la Comunidad de Madrid, configurada como un Bono Verde Europeo (EuGB), con las siguientes características:

— Importe nominal máximo: 500.000.000,00 euros.

— Modalidad: Obligaciones.

— Fecha de emisión y desembolso: 8 de junio de 2026.

— Precio de emisión: 99,993% sobre el importe nominal de la emisión, equivalente a 499.965.000,00 euros.

— Fecha de vencimiento: 30 de julio de 2031.

— Amortización: Única, al vencimiento y a la par, libre de gastos para el tenedor.

— Representación de las obligaciones: Las obligaciones estarán representadas mediante anotaciones en cuenta registradas a través del Sistema de Registro del Mercado de Renta Fija AIAF, gestionado por la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S. A. U. (Iberclear), siendo el importe nominal mínimo de negociación de 1.000,00 euros.

— Negociación de los valores: Mercado de Renta Fija AIAF.

— Suscripción: La suscripción de las obligaciones se realizará a través de las entidades colocadoras mediante el procedimiento de book building. El importe total de la emisión se adjudicará a cada entidad inversora adjudicataria proporcionalmente al importe solicitado y al precio adjudicado, y se anotará en las cuentas de valores de los miembros del Mercado de Renta Fija AIAF que determinen las citadas entidades inversoras adjudicatarias.

— Cupón: 2,976% fijo nominal anual, base Act/Act ICMA, no ajustado, con la convención de día hábil siguiente, pagadero en los aniversarios, comenzando el 30 de julio de 2027 (primer cupón largo).

— Otras condiciones: De conformidad con la normativa aplicable a las comunidades autónomas, la presente emisión disfrutará de los mismos beneficios y condiciones que la Deuda Pública del Estado.

Segundo

La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 29 de mayo de 2026.—La Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, P. D. (Orden de 17 de abril de 2024; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de mayo), el Director General de Política Financiera y Tesorería, Rodrigo Robledo Tobar.

(03/8.897/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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