Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 135

Fecha del Boletín 
09-06-2026

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260609-66

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA

RÉGIMEN ECONÓMICO

66
Fuenlabrada. Régimen económico. Modificación presupuestaria

El Pleno del Ayuntamiento de Fuenlabrada, en sesión ordinaria celebrada el día 7 de mayo de 2026, acordó la aprobación inicial del expediente de modificación presupuestaria en la modalidad de Transferencia de crédito n.o 02/26 PMD y modificación del Anexo de subvenciones nominativas del presupuesto del Patronato Municipal de Deportes 2026, “Subvención C. F. Fuenlabrada S. A. D.”, por importe de 200.000,00 euros, habiendo sido publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 110, de fecha 11 de mayo de 2026.

No habiendo sido presentada reclamación alguna durante el plazo de exposición al público, el citado acuerdo queda elevado a definitivo y entrará en vigor el mismo día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1 y 3 del TRLRHL, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se hace público el resumen por capítulos del presupuesto tras la modificación aprobada:

Asimismo, se sometió a exposición pública la modificación del Anexo de subvenciones nominativas del ejercicio 2026, quedando definitivamente aprobado, según se detalla a continuación:

Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo, a tenor de lo establecido en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación, como previene el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid a tenor del artículo 10.1.a) y b) de la última de las leyes citadas, o cualquier otro que se estime procedente en defensa de sus derechos. La interposición de recursos no suspenderá por sí sola la aplicación del presupuesto definitivamente aprobado por la Corporación.

En Fuenlabrada, a 5 de junio de 2026.—El alcalde-presidente, Francisco Javier Ayala Ortega.

(03/9.349/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260609-66