Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 136

Fecha del Boletín 
10-06-2026

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260610-77

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE PARACUELLOS DE JARAMA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

77
Paracuellos de Jarama. Organización y funcionamiento. Delegación funciones

Por decreto de Alcaldía número 2026/1255, de 1 de junio de 2026, se ha adoptado el acuerdo que se traslada a continuación:

“Visto que por decreto de Alcaldía número 730, de fecha 23 de junio de 2023, se procedió a delegar en la Junta de Gobierno Local, entre otras, las competencias en materia de contratación reconocidas a esta Alcaldía por la legislación vigente.

Considerando que por razones de carácter técnico, organizativo y de eficiencia administrativa, resulta aconsejable que esta Alcaldía asuma directamente, la competencia de aprobación de los Planes de Seguridad y Salud en los contratos de obras.

En ejercicio de la potestad de avocación reconocida por el artículo 14 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como los artículos 114 y siguientes del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (ROF),

RESUELVO

Primero.—Avocar, al amparo de lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y concordantes del ROF, la competencia delegada en la Junta de Gobierno Local mediante decreto de Alcaldía número 730, de 23 de junio de 2023, relativa a la aprobación de los Planes de Seguridad y Salud en el Trabajo en los contratos de obras de este Ayuntamiento, que resulten de competencia de Alcaldía conforme a la legislación de contratos.

Segundo.—La presente avocación tendrá efecto desde la fecha de la presente resolución.

Tercero.—Publicar el presente decreto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y de conformidad con lo establecido en la normativa de transparencia y régimen local vigente.

Cuarto.—Dar cuenta al Pleno en la primera sesión ordinaria que se celebre”.

En Paracuellos de Jarama, a 2 de junio de 2026.—El alcalde, Jesús Muñoz Muñoz.

(03/9.051/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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